ANGULO ZEVALLOS, NEPTALI LIZANDRO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Demanda por accidente de trabajo y reparación integral contra empleadora, ART y otras. La Cámara confirmó la sentencia de grado en lo principal (reconocimiento de incapacidad y responsabilidad solidaria de ART y empleadora) y modificó la regulación de accesorios y honorarios, remitiendo la determinación de accesorios al criterio del acápite IX del voto de la Dra. García Vior.
¿Quién es el actor?
Neptali Lizandro Angulo Zevallos.
- Demandados: Swiss Medical ART S.A., Adecco Specialties S.A., Provincia ART S.A., Federación Patronal Seguros S.A. y otros (Clorox Argentina SA como intervenida).
- Objeto de la demanda: acción civil por accidente de trabajo; reclamo de reparación integral por secuelas incapacitantes (derivadas de exposición a lavandina en tareas de repositor), más accesorios e intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo principal que fuera materia de recurso y agravios (se ratificó la existencia del vínculo con Adecco, la relación causal y el 6% de incapacidad física definitiva y permanente), pero modificó lo dispuesto en materia de accesorios conforme al acápite IX del voto de la Dra. García Vior; confirmó el modo en que se impusieron las costas de primera instancia con la limitación respecto de Federación Patronal; impuso las costas de alzada solidariamente a Adecco y Swiss Medical ART (declarando por su orden las relativas a Provincia ART y Federación Patronal); dejó sin efecto los honorarios regulados en grado y ordenó nueva regulación conforme a los acápites XIII y XIV.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Tras ponderar la prueba pericial médica y demás constancias de estas actuaciones, la Sra. Jueza de origen concluyó que Angulo Zevallos porta una minusvalía física del 6% de la TO, que tiene su etiología en la prestación laboral descripta en la demanda.... Corresponde desestimar los agravios y confirmar el pronunciamiento de grado en cuanto declaró que Angulo Zevallos porta un 6% de incapacidad física, definitiva y permanente, como consecuencia de la actividad laboral denunciada en la demanda."
2) "La codemandada Swiss Medical ART SA se agravia porque la judicante de grado la condenó solidariamente... La prueba rendida en la causa resulta insuficiente para reputar cumplida la obligación en cabeza de la aseguradora. En efecto, lejos de esto último, de la prueba testimonial analizada y de la pericia contable... no se desprende que a Angulo Zevallos se le hayan otorgado específicos elementos de protección personal ni brindado cursos de capacitación... No debe olvidarse que, en virtud del principio basado en las cargas dinámicas, era la aseguradora quien estaba en mejor condición de acreditar el cumplimiento de las obligaciones... la ausencia de toda prueba al respecto evidencia que la ART incumplió totalmente las obligaciones que le imponía el citado cuerpo legal... corresponde ratificar el pronunciamiento de grado en cuanto responsabilizó solidariamente a la aseguradora Swiss Medical ART SA..."
3) "En lo que compele a los accesorios... en el pronunciamiento de grado se dispuso que '… se condena al pago de la suma de $111.414,13 que en la oportunidad prevista en el artículo 132 de la L.O. se ajustará desde que la fecha de toma de conocimiento denunciada (25/6/2014) y hasta su efectivo pago mediante el índice RIPTE con más un 3% anual de interés puro.' ... corresponderá -en el caso
- dejar sin efecto lo dispuesto en grado en materia de accesorios y estar a los lineamientos del art. 55 de la ley 27802, para la determinación del monto definitivo de condena en la etapa prevista en el art. 132 de la LO."
- Votos: La Dra. García Vior fundamentó extensamente y propuso las modificaciones en accesorios y regulación de honorarios; el Dr. Sudera adhirió "por análogos fundamentos". No consta disidencia.
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