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ARNAEZ GERARDO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes y recálculo del haber inicial y otros topes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS y revocó la pauta de actualización adoptada en primera instancia, ordenando aplicar las pautas de la ley 27.426 y concordantes; confirmó el resto de la sentencia y condenó en costas a la actora en la Alzada, fijando honorarios del 30% para su dirección letrada.

Anses Haber inicial Actualizacion remuneraciones Ley 27.426 Pbu Topes ley 24.241 Inconstitucionalidad Costas Honorarios Seguridad social


¿Quién es el actor?

Arnaez Gerardo Francisco (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al recálculo del haber inicial (actualización de remuneraciones históricas que sirven de base), revisión de la PBU, impugnación de topes de la ley 24.241 y cuestionamientos de inconstitucionalidad de normas (leyes 26.417, 27.426, 27.541).

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso de la actora y hizo lugar parcialmente al recurso de ANSeS; revocó las pautas de actualización dispuestas en la instancia de grado para el cálculo del haber inicial y ordenó atenerse a las pautas dispuestas en la ley 27.426 y concordantes; confirmó la sentencia en lo demás; impuso costas por su orden en la Alzada y fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios." "Que por tales motivos corresponde hacer lugar al agravio de la demandada dirigido contra la pauta de actualización y revocar lo resuelto, confirmando la resolución de la ANSeS que toma como base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes." "Que no ha de prosperar la inconstitucionalidad de los arts. 9 y 25 de la ley 24.241 si, como acontece en el sub examine, el actor cotizó solo por una parte de su salario de actividad en virtud del tope establecido en las mentadas disposiciones. Pues es de todo punto de vista razonable que, tratándose de un sistema contributivo, la cuantía del derecho a la prestación guarde relación con la cuantía del esfuerzo de aportación realizado."
- Votos y adhesiones relevantes: El Dr. Russo expone el voto principal que propone la resolución arriba transcripta. El Dr. Strasser y la Dra. Dorado adhieren al voto del Dr. Russo con salvedades (ambos coinciden en la solución mayoritaria respecto de la revocación de la pauta de actualización y la confirmación en lo demás; Strasser expresó disidencia sobre el ajuste de la PBU y Dorado hizo reservas explicadas en su voto, pero ambas adhesiones integraron la mayoría que resolvió como consta).

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