BONELLI JUAN RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS solicitando reajustes y redeterminación del haber inicial, entre otros puntos vinculados a la Prestación Básica Universal y topes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada diferiendo para la ejecución el análisis de la PBU y de la aplicación de topes, confirmó la sentencia en lo demás y reguló costas y honorarios conforme a lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
BONELLI JUAN RAMON.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios; redeterminación del haber inicial (incluida Prestación Básica Universal
- PBU), cuestionamientos sobre topes de haberes (art. 9 ley 24.463 y art. 26 ley 24.241), aplicación de movilidad (leyes 26.417 y 27.609), retención del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, rechazó el recurso de apelación deducido por la parte actora; hizo lugar parcialmente al recurso interpuesto por la demandada y, en consecuencia, difirió para la etapa de ejecución el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU y el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos señalados; confirmó la sentencia en lo demás materia de agravios; y reguló costas en la alzada y honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"II. Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
"VII. Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que “…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …”. Así las cosas y en los términos del art 36, la cuestión ha de ser abordada de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, parte general, libro I, título II, capítulo V, vale decir, arts. 68 a 77 del citado cuerpo normativo."
- Disidencias relevantes: La Dra. Nora C. Dorado dejó expresas reservas sobre varias cuestiones y señaló, entre otros puntos, criterios aplicables a la PBU y a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la ley 24.463 en caso de acreditarse en la liquidación una quita superior al 15%; dichas opiniones fueron expresadas "a salvo" y consignadas como parte del voto, pero la decisión adoptada por mayoría es la descrita más arriba.
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