LO RE ANA CONCEPCION c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió demanda contra ANSES por reajuste del haber inicial y rechazo de índices de actualización. La Cámara Federal de la Seguridad Social parcializó la decisión: practicó el ajuste de las categorías autónomas según el precedente Makler, dejó sin efecto la regulación de honorarios de grado y confirmó el resto de la sentencia, diferiendo ciertos cuestionamientos para ejecución.
¿Quién es el actor?
LO RE ANA CONCEPCION.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios relativos al cálculo y actualización del haber inicial previsional (impugnación de parámetros de actualización, aplicación de topes de haberes, cómputo y actualización de aportes autónomos, costas y honorarios). Fecha de adquisición del derecho: 29/10/2016.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió por mayoría: diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; practicar el ajuste de las categorías aportadas por autónomos conforme a los lineamientos de la CSJN en “Makler” (excluyendo las canceladas por moratoria); dejar sin efecto la regulación de honorarios de la dirección letrada de la instancia de grado y diferir su determinación; confirmar lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmar la sentencia recurrida en lo demás; costas por su orden en la Alzada; y fijar los honorarios de la Alzada en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) “Que, en orden a la equiparación de las categorías aportadas de manera autónoma, ha de señalarse que la cuestión ha sido objeto de consideración en reiterados pronunciamientos dictados por la Sala III del Fuero y el criterio discernido en esos casos (computar el total de las categorías aportadas aun cuando el régimen aplicable era el de la ley 18038 y sus modificatorias que sólo mencionaba los últimos 15 años de aportes) fue avalado el 20.5.03 por la C.S.J.N. in re ‘Makler, Simón c/ ANSeS s/ Inconstitucionalidad ley 24463', no resultando susceptibles de ajuste alguno los períodos incluidos en la moratoria que posibilitó el acceso al beneficio (leyes 24476, 25865 y 25994 –art. 6-), por los argumentos vertidos en casos análogos…”
2) “Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.”
3) “Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30).”
- Votos y disidencia relevante: El fallo se adoptó por mayoría. El Dr. Juan A. Fantini Albarenque “deja a salvo su opinión en torno a las siguientes cuestiones” respecto del recálculo de los aportes autónomos y expone consideraciones propias sobre actualización de períodos anteriores y posteriores a julio de 1994; esa opinión fue preservada como reserva y no integra la decisión mayoritaria aquí consignada.
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