Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ACTIS GRANDE, ANELEY LUCILA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Imputada fue sometida a juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Aneley Lucía Actis Grande a 2 años y 6 meses de prisión en ejecución condicional, multa de $2.700.000 y costas por resultar partícipe secundaria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal Federal titular del Área de Transición Juicio de la Unidad Fiscal Rosario, Dr. Claudio Kishimoto, con intervención delegada de la Dra. Magdalena Borgonovo).
Demandado: Aneley Lucía Actis Grande, D.N.I. N° 39.503.144.
Objeto: Homologación de acuerdo de juicio abreviado por la imputación de tráfico de estupefacientes — tenencia con fines de comercialización — y la imposición de la pena y medidas acordadas.
Decisión: Se hizo lugar al trámite de juicio abreviado y se homologó el acuerdo; se condenó a Aneley Lucía Actis Grande como partícipe secundaria del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización a la pena de dos (2) años y seis (6) meses de prisión de ejecución condicional, multa de 22,5 unidades fijas (equivalentes a $2.700.000), costas, imposición de reglas de conducta por el plazo de la condena, decomiso de efectos y pago de tasa de justicia de $4.700.
- Fundamentos principales de la decisión (textos literales relevantes extraídos del fallo):
"Que el día 5 de agosto del corriente año, el Ministerio Público Fiscal, la imputada Aneley Lucía Actis Grande y su defensa técnica celebraron acuerdo de juicio abreviado en los términos del artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación, solicitando la aplicación de dicho procedimiento."
"De las actuaciones surge que el día 26 de septiembre de 2023... se secuestró, dentro de una mochila gris, un envoltorio de nylon que contenía clorhidrato de cocaína... y una bolsa transparente, sistema Ziploc, que contenía cannabis sativa (marihuana) ... clorhidrato de cocaína, con un peso total de 16,195 gramos, y de cannabis sativa (marihuana), con un peso total de 51,31 gramos."
"En lo concerniente a la intervención atribuida a Aneley Lucía Actis Grande, las constancias reunidas permiten concluir, con el alcance exigible en esta clase de procedimiento, que su responsabilidad penal debe ser encuadrada en carácter de partícipe secundaria."
"La pena acordada se encuentra dentro del marco legal y resulta razonable conforme las pautas de los artículos 40 y 41 del Código Penal."
"En ese marco, corresponde incluir dentro de las costas el costo de las pericias practicadas en autos, conforme lo solicitado, en los términos del artículo 533, inciso 3), del C.P.P.N. y de la Resolución 49 -E/2018 del Ministerio de Seguridad de la Nación."
- Votos en disidencia: no se registra disidencia; la sentencia fue dictada en forma unipersonal por la Jueza de Cámara Dra. Elena Beatriz Dilario.
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