COBAS VIVIANA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora ajustes sobre la Prestación Básica Universal y la aplicación de topes previsionales; la Cámara Federal de la Seguridad Social difirió el examen de la actualización de la PBU para la etapa de ejecución y confirmó en lo demás la sentencia de grado, aplicando las pautas y precedentes pertinentes.
¿Quién es el actor?
COBAS VIVIANA ALEJANDRA.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios, en especial la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) como componente del haber inicial y la impugnación de la aplicación de topes de haberes (art. 9 Ley 24.463) y normas de la ley 24.241 (arts. 9, 24, 25 y 26).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, diferió el tratamiento del planteo relativo a la actualización de la PBU como componente del haber inicial para la etapa de ejecución; en lo demás, confirmó la sentencia recurrida. Además, impuso costas por su orden en la Alzada por falta de contradicción.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c /ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso “Morales, Blanca” (Fallos: 346:634))."
- Votos/diferencias: La resolución se adoptó por mayoría. No se consignan votos en disidencia en el bloque dispositvo final.
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