DE MARO, VICTOR DANIEL c/ EN - ARCA - LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor cuestionó la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber previsional y solicitó la devolución de las retenciones. La Cámara rechazó los recursos de apelación interpuestos por ambas partes y confirmó la sentencia de grado que declaró la inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias y ordenó la devolución con intereses.
¿Quién es el actor?
Víctor Daniel De Maro.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (EN / AFIP / Fisco Nacional).
- Objeto de la demanda: Declaración de inconstitucionalidad del artículo 79, inciso c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias en cuanto grava jubilaciones; cesación de retenciones sobre el haber previsional y devolución de lo retenido en los cinco años anteriores con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron los recursos de apelación interpuestos por ambas partes y se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; además se impusieron las costas de esta instancia por su orden, en atención a que ambas partes resultaron vencedoras y vencidas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes de la sentencia):
"Que, mediante la sentencia del 4 de mayo de 2026, el juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda interpuesta por el Sr. Víctor Daniel De Maro y, en consecuencia, declaró la inconstitucionalidad de art. 79, inc. c, de la Ley de Impuesto a las Ganancias, y sus modificatorias. Dispuso que la demandada debía abstenerse de retener suma alguna en concepto de Impuesto a las Ganancias en el haber previsional del actor y; a su vez, ordenó la devolución de lo que se hubiere descontado por tal concepto desde los cinco años anteriores a la fecha de interposición de la demanda, con más sus respectivos intereses, computados desde que cada suma fue retenida y según las tasas de interés previstas por la autoridad de aplicación."
"Por lo demás, y tal como expone el Fiscal General en su dictamen del 8 de julio de 2026, corresponde rechazar el planteo de inconstitucionalidad de las tasas de interés previstas en las Resoluciones N° 598/2019 y 559/2022, ya que '…contiene aseveraciones genéricas acerca de los vicios que afectarían a dichas normas, sin haberse efectuado un análisis riguroso que compruebe, con solvencia técnica, la tacha deducida'."
"Que, por lo antes expuesto, corresponde: 1) Rechazar los recursos de apelación interpuesto por ambas partes y confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; 2) Imponer las costas de esta instancia por su orden, en atención a que ambas partes resultaron vencedoras y vencidas (conf. art. 68, segundo párrafo, del CPCCN)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; el Dr. Treacy adhiere al voto que antecede.
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