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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

Swiss Medical ART SAU interpuso queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad en materia laboral. El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja por falta de autosuficiencia, al no acompañar la recurrente documentación esencial requerida para verificar la oportunidad de la presentación.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor (Quejoso): Swiss Medical ART SAU Demandado: Lovato, Marcelina (en el proceso laboral original) Objeto del recurso: Queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad interpuesto en causa laboral conforme Ley 27.348, derivada de litigio sobre cálculo de intereses en indemnización por infortunio laboral. Decisión del Tribunal: El Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja interpuesto por Swiss Medical ART SAU, con costas. Fundamentos principales de la decisión: El juez Santiago Otamendi, cuyo voto resultó mayoritario, sostuvo: "Como surge del punto 2 de las 'resulta', mediante providencia dictada el 05-06-2025 se requirió a la parte recurrente que acompañara —en el plazo de cinco (5) días— copia digital, completa y legible de las piezas procesales allí indicadas. Encontrándose debidamente notificada dicha providencia, la recurrente omitió acompañar copia de la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, circunstancia que impide conocer la forma en que dicha resolución pudo haber quedado notificada y, en consecuencia, determinar si el recurso de queja fue deducido tempestivamente, así como los términos de la decisión contra la que fue dirigido. Como consecuencia, la queja no cumple con el requisito de autosuficiencia para bastarse a sí misma." El fallo enfatizó que "está a cargo de la parte que plantea una queja por denegación de un recurso de inconstitucionalidad acreditar que esta fue interpuesta en tiempo oportuno, ya que el plazo fijado al efecto es perentorio (arts. 33 de la ley n° 402 y 53 de la ley n° 18345)." Voto en disidencia: El juez Luis Francisco Lozano propuso hacer lugar a la queja y rechazar el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la cuestión sobre cálculo de intereses en infortunios laborales había sido ya resuelta por el Tribunal en precedente anterior ("Boulanger"). Sin embargo, este voto quedó en minoría frente al criterio mayoritario de rechazar por defectos formales de la presentación.

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