SWISS MEDICAL ART SAU s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) en LOVATO, MARCELINA C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348 (EXPTE. N° 48772/2023)
La Segunda ART SA interpuso queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad en un caso laboral sobre cálculo de indemnización por infortunio. El Tribunal rechazó la queja por incumplimiento del requisito de autosuficiencia, al no acompañar la recurrente la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad pese a haber sido requerida. ---
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Segunda ART SA Demandado: Tribunal Superior de Justicia (instancia anterior que denegó el recurso de inconstitucionalidad) Objeto del reclamo: Queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en el juicio laboral "GARIBOGLIO LUCAS DAMIAN C/ LA SEGUNDA ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348" (expediente n° 31476/2022), vinculado al cálculo de los intereses de la indemnización por infortunio laboral. Decisión del Tribunal: Se rechazó la queja interpuesta por La Segunda ART SA por falta de autosuficiencia del recurso. Fundamentos principales: "La queja no satisface plenamente los requisitos de su propia autosuficiencia; déficit que habría podido suplirse con los elementos que, pese haber sido requeridos con fecha 01-07-2025, no fueron aportados por la recurrente." "Mediante providencia dictada el 01-07-2025 se requirió a la parte recurrente que acompañara —en el plazo de cinco (5) días— copia digital, completa y legible de las piezas procesales allí indicadas. Encontrándose debidamente notificada dicha providencia, la recurrente omitió acompañar la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, circunstancia que impide conocer la forma en que dicha resolución pudo haber quedado notificada y, en consecuencia, determinar si el recurso de queja fue deducido tempestivamente, así como los términos de la decisión contra la que fue dirigido. Como consecuencia, la queja no cumple con el requisito de autosuficiencia para bastarse a sí misma." "Debe recordarse que está a cargo de la parte que plantea una queja por denegación de un recurso de inconstitucionalidad acreditar que esta fue interpuesta en tiempo oportuno, ya que el plazo fijado al efecto es perentorio (arts. 33 de la ley n° 402 y 53 de la ley n° 18345)." Voto en disidencia (relevante): El Juez Luis Francisco Lozano, en disidencia, consideró que la cuestión vinculada al cálculo de los intereses de la indemnización por infortunio laboral era sustancialmente similar a la abordada en "PROVINCIA ART S.A. s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL)" (expte. 87079/2025, sentencia del 01-10-2025), por lo que propuso hacer lugar a la queja y al recurso de inconstitucionalidad, revocando la sentencia recurrida para establecer que "la base de cálculo de la indemnización debida a la actora debe incrementarse en función de la tasa de variación del RIPTE correctamente medida (cf. inciso 2 del artículo 12 de la ley 24557): 'Índice RIPTE correspondiente a la fecha en la que debe ponerse a disposición la indemnización' dividido 'Índice RIPTE correspondiente a la fecha de la primera manifestación invalidante' menos '1' multiplicado por '100'." El Dr. Lozano votó en disidencia. ---
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