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SCHIMPF, DOMINGO VALENTIN c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajuste de haberes. La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó la resolución de primera instancia que hizo lugar a la excepción de prescripción y declaró la inconstitucionalidad del art. 3° del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia conforme a la ley 27.423 y el CPCCN.

Reajuste de haberes Anses Prescripcion Dnu 157/2018 Inconstitucionalidad Costas Ley 27.423 Cpccn art. 68 Camara federal de bahia blanca Ejecucion de sentencia previsional


¿Quién es el actor?

SCHIMPF, Domingo Valentín.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes (impugnación/ejecución de sentencia previsional).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución recurrida de fecha 04/05/2026 que hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada; además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y se impusieron las costas de esta instancia según el art. 36 de la ley 27.423 y el art. 68, segundo párrafo, del CPCCN.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "1ro. El 04/05/2026 el juez de la instancia anterior hizo lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada, con fundamento en que transcurrió el plazo de cinco años dispuesto por la normativa aplicable. Asimismo, impuso las costas por su orden. ... Ahora bien, el Código Civil y Comercial establece en su art. 2537 que: “los plazos de prescripción en curso al momento de entrada en vigencia de una nueva ley se rigen por la ley anterior. Sin embargo, si por esa ley se requiere mayor tiempo que el que fijan las nuevas, quedan cumplidos una vez que transcurra el tiempo designado por las nuevas leyes, contado desde el día de su vigencia, excepto que el plazo fijado por la ley antigua finalice antes que el nuevo plazo contado a partir de la vigencia de la nueva ley, en cuyo caso se mantiene el de la ley anterior”. ... En este orden de ideas, resultando clara la norma citada anteriormente, y habiendo transcurrido en exceso el plazo fijado, es que no cabe hacer lugar al recurso interpuesto por el actor, puesto que no consta en las presentes actuación actos que interrumpan el trascurso de la prescripción. Criterio sustentado por este tribunal en reiteradas oportunidades (FBB N° 2229/2022, FBB N° 28651/2018, FBB N°12639/2017) Por consiguiente, considero que corresponde confirmar la resolución recurrida."
- Sobre costas y cuestión constitucional (transcripción): "Por último, respecto a las costas de esta instancia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, hacer aplicación de las pautas de distribución de costas establecidas por el artículo 36 de la ley 27.423 y artículo 68 2 do párrafo del CPCCN, imponiéndolas de acuerdo con el criterio y fundamentos establecidos por la CSJN in re 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de acto administrativo' del 22/6/2023 a cuyo análisis y fundamentación corresponde remitirse por cuestiones de brevedad y de economía procesal."
- Disidencia o firmas: La resolución fue acordada y firmada por los Dres. Leandro Sergio Picado y Pablo A. Candisano Mera; la Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió.

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