ZINNI, HORACIO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Zinni demandó a ANSES por reajustes de haberes previsionales y actualización de la PBU. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada.
¿Quién es el actor?
Horacio Héctor Zinni.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo redeterminación del haber inicial conforme a pautas jurisprudenciales, actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), integración por efectos de la suspensión de la ley 27.541 y cuestionamiento de topes máximos y del art. 3 del DNU 157/2018; además, distribución de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada con los alcances expuestos en el fallo, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN). Asimismo, confirmó la obligación de ANSES de integrar el haber previsional del mes de diciembre de 2020 con la diferencia entre el aumento percibido y el 42,13% correspondiente por la ley de movilidad suspendida (ley 27.426), y rechazó la redeterminación del haber inicial según Elliff por aplicarse el régimen vigente al momento de adquisición (ley 27.426/27.426).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"La a quo incurre en un yerro al disponer la redeterminacion del haber inicial según las pautas del precedente 'Elliff', sin analizar la cuestión a la luz del régimen legal vigente al momento de adquisición del beneficio previsional... Tal circunstancia determina que la actualización de las remuneraciones computables para el cálculo del haber inicial se realice de conformidad con la ley 27.426."
"No habiéndose comprobado en autos un perjuicio concreto, corresponde rechazar el pedido de redeterminación requerido por la parte actora y revocar lo dispuesto por la jueza de grado en este punto."
"En consecuencia, confirmar la resolución recurrida y remitir a las consideraciones vertidas en la causa 'Martínez...'; debiendo la administración integrar el haber previsional de la parte actora del mes de diciembre de 2020 con la diferencia habida entre el aumento por movilidad que haya percibido el beneficio y el 42,13% que hubiera correspondido por aplicación de la suspendida ley de movilidad 27.426..."
"La jueza de grado declara la inconstitucionalidad de los topes en cuestión solo en la medida en que su aplicación importe una disminución en el haber inicial recalculado conforme lo ordenado que por su magnitud resulte confiscatoria en los términos del precedente 'Actis Caporale'."
"Se declare la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y, en consecuencia, se impongan las costas de ambas instancias a la demandada vencida (art. 36, ley 27.423 y art. 68, CPCCN)."
- Votos en disidencia o particularidades: La señora Jueza de Cámara Silvia Mónica Fariña no suscribió el acuerdo (art. 3°, ley 23.482), sin que conste en el dispositivo una fundamentación de disidencia incorporada al texto final; la decisión se adopta por mayoría (firmaron Amabile y Larriera).
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