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Legajo Nº 3 - IMPUTADO: GUALPA, ERIC ELIÁN s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Eric Elián Gualpa interpuso recurso de casación contra la fijación en pesos de la multa de 70 unidades fijas equivalentes a $7.280.000. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso y dejó fundada la decisión del tribunal de ejecución en la doctrina plenaria que toma como parámetro para la conversión el valor al momento de la intimación al pago.

Casacion Inadmisibilidad Multa en unidades fijas Conversion a pesos Intimacion al pago Plenario n?17 pastene Ley 27.302 Ley 23.737 Reserva de caso federal Camara federal de casacion penal


- Actor (recurrente): Defensa pública oficial de Eric Elián Gualpa.
- Demandado (resistido): Resolución del Tribunal Oral en lo Penal Económico N°2 (jueza de ejecución Karina Rosario Perilli) que fijó la multa.
- Objeto del recurso: Casación contra la decisión que convirtió 70 unidades fijas a pesos tomando el valor del formulario “Arancel A.01 Inscripción” vigente al momento de la intimación al pago (estableciendo $7.280.000) y pedía que la conversión se efectuara según el valor vigente al momento de la comisión de los hechos (sosteniendo que correspondería $5.250.000). Reserva del caso federal formulada.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Eric Elián Gualpa, con costas, y se tuvo presente la reserva del caso federal. Se ordenó registro, notificación, comunicación (CSJN, Ac. N°10/2025) y remisión al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) “En el sub judice, la defensa pública oficial de Gualpa no ha logrado demostrar la existencia de un agravio federal debidamente fundado, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso que la jueza de ejecución tomó en consideración al establecer el valor de la multa impuesta.” 2) “A su vez, es menester señalar que la decisión recurrida luce ajustada a lo resuelto por el Pleno de esta Cámara en el marco del Acuerdo Nº 10/2025, Plenario Nº 17, ‘Pastene, José Luis Víctor s/ inaplicabilidad de la ley’, del 13 de mayo de 2025, en cuanto se dispuso -por mayoría
- declarar como doctrina plenaria que ‘(e)l momento que define el valor del formulario de inscripción de operadores en el Registro Nacional de Precursores Químicos que debe tomarse como parámetro para determinar el importe nominal en pesos que representa la pena de multa impuesta en unidades fijas, según el art. 45 de la ley 23.737, es el de la intimación al pago’.” 3) “En razón de ello, toda vez que la defensa no esgrime otros argumentos que logren rebatir de modo concreto y adecuado las cuestiones abordadas, y que la decisión adoptada cuenta con los fundamentos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto judicial válido..., corresponde que se declare la inadmisibilidad del recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Eric Elián Gualpa, con costas, y tener presente la reserva del caso federal (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN y 14 de la Ley 48).”
- Disidencias: No hubo decisión en disidencia; la resolución fue por mayoría y el voto de Slokar coincidió con la inadmisibilidad, aunque señaló que, prima facie, algunos agravios podrían ameritar sustanciación conforme art. 465 bis, sin efecto sobre la declaración de inadmisibilidad.

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