Incidente Nº 1 - IMPUTADO: D'ONOFRIO, JORGE ALBERTO s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
Recurso extraordinario penal interpuesto por la defensa de Jorge Alberto D’Onofrio. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto y condenó en costas por no reunir los requisitos formales previstos en la Ley 48 y la Acordada 4/2007.
¿Quién es el actor?
Defensa particular de Jorge Alberto D’Onofrio (recurrente).
¿A quién se demanda?
Estado en su representación jurisdiccional (proceso penal; intervención del representante del Ministerio Público Fiscal en la instancia).
- Objeto de la demanda: Recurso extraordinario federal interpuesto contra resolución previa.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto, con imposición de costas, y se ordenó registrar, comunicar, notificar y remitir las actuaciones al origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Que el recurso extraordinario federal deducido no cumple con los recaudos establecidos por los arts. 14 y 15 de la Ley nº 48 y los arts. 3 incisos d) y e) de la Acordada nº 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (art. 11 de la mencionada Acordada), por lo que, de conformidad con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal en esta instancia, corresponde declarar inadmisible la vía intentada, con costas (arts. 257 del CPCCN, 530 y cctes. del CPPN)."
"En mérito a las consideraciones efectuadas, el tribunal RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario interpuesto, CON COSTAS (arts. 257 del CPCCN, 530 y cctes. del CPPN). Regístrese, comuníquese, notifíquese y remítase a su origen, sirviendo lo proveído de muy atenta nota de envío."
- No obra voto en disidencia en la sentencia reproducida.
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