Legajo Nº 2 - IMPUTADO: GALARZA, ADRIÁN s/LEGAJO DE CASACION
El condenado Adrián Galarza apeló la denegatoria de su incorporación a la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación por falta de proyecto laboral consolidado. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación y confirmó la decisión del tribunal de origen por encontrarse debidamente fundada en los informes penitenciarios y en la valoración del caso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa a cargo del defensor público oficial, en representación del condenado Adrián Galarza, interpuso recurso de casación.
Demandado: Contra la resolución del Tribunal Oral Federal de Juicio N° 3 de Rosario que denegó la incorporación de Galarza a la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación; intervino además el Ministerio Público Fiscal.
Objeto: Se impugna la decisión que negó la inclusión de Galarza en la segunda etapa del Régimen Preparatorio para la Liberación (art. 56 quater ley 24.660), sosteniendo que el tribunal valoró en forma sesgada los informes y exigió requisitos no previstos por la ley respecto de la viabilidad inmediata del proyecto laboral presentado.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas en la instancia, por entender que la resolución del tribunal a quo se ajusta a derecho y se encuentra debidamente fundada en las constancias (informes penitenciarios) que obran en la causa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"La autoridad penitenciaria se expidió: ‘(…) por UNANIMIDAD de criterios de manera NEGATIVA, respecto a la posibilidad de ser incorporado A LA SEGUNDA ETAPA DEL RÉGIMEN PREPARATORIO PARA LA LIBERACIÓN. De los informes producidos por las áreas de tratamiento surge que, la iniciativa laboral propuesta por el interno resulta valorable desde el plano actitudinal, pero con la carencia de materialización efectiva y de respaldo objetivo que permita sostener su viabilidad inmediata. No se han recepcionado constancias que acrediten la existencia de inversión inicial, provisión de insumos, planificación comercial concreta ni redes de apoyo que garanticen la puesta en marcha y sostenibilidad del proyecto en el corto plazo. En consecuencia, el mismo se presenta como una proyección eventual, aún no consolidada en términos operativos.'"
"El a quo ha analizado debidamente los elementos de juicio necesarios para una resolución correcta de la cuestión debatida, de conformidad con los estándares que rigen la materia en análisis... En concreto, advierto que la resolución recurrida ha sido debidamente fundada en torno a las circunstancias particulares que presenta el caso y en las condiciones adversas que es posible avizorar, en caso de acceder a la pretensión de la defensa..."
"Es por ello que, las críticas de la defensa dirigidas al fundamento utilizado por el Servicio Penitenciario Federal, para denegar su acceso a la segunda etapa del RPL, relativo la falta de proyecto laboral por parte de Galarza, resultan incorrectas, puesto que, a la fecha, no ha consolidado su compromiso de contar con un proyecto laboral extra muros."
- Disidencia relevante: La jueza Angela E. Ledesma dejó constancia de disidencia. Señaló que el Tribunal apoyó su decisión "en la falta de respaldo material y económico de la propuesta laboral del interno, como así también en la deficiente asistencia económica para las salidas anticipadas, cuestiones estas, no previstas en la ley, afectando así el principio de legalidad ejecutiva." La disidencia fue expresada como tal y no constituye la decisión de la mayoría.
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