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Legajo Nº 14 - IMPUTADO: VIGO CANTERO, RAMON ALBERTO Y OTROS s/LEGAJO DE CONTROL

Prórroga de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público Fiscal para tres imputados conforme a la ley 24.390. La Cámara Federal de Casación Penal tomó formalmente nota de la prórroga por un (1) año desde el 7 de agosto de 2026 y encomendó al tribunal de juicio que prontamente lleve a cabo el debate oral y público.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representante de la instancia anterior solicitó la prórroga).
- Demandado / imputados: Ramón Alberto Vigo Cantero; María de los Ángeles Gómez; Ana Jesusa Barroso.
- Objeto de la medida: Prórroga de la prisión preventiva conforme al artículo 1 de la Ley 24.390.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la resolución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata N°2 que prorrogó la prisión preventiva de los tres imputados por el término de un (1) año a partir del 7 de agosto de 2026, y encomendó al tribunal de juicio que prontamente se realice el debate oral y público. Se registró, notificó al representante del Ministerio Público Fiscal y se ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "III. Conferida la vista al señor Fiscal General ante esta Cámara, consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva de los imputados." "IV. En atención a que la prórroga dispuesta se encuentra fundadas en los plazos y condiciones del art. 1° de la Ley 24.390, habrá de tomarse nota de las medidas adoptadas y encomendarse al tribunal de juicio a que prontamente se realice el debate oral y público." Además, el Tribunal consignó la conformidad de criterios y la forma de resolución: "Encontrándose el señor juez Javier Carbajo en uso de licencia y existiendo concordancia de opiniones, se resuelve la cuestión por el voto conjunto de los suscriptos (art. 30 bis, último párrafo del C.P.P.N. y art. 109 del R.J.N.)." No hubo voto en disidencia relevante consignado en la sentencia.

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