Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GÓMEZ RODRÍGUEZ, CESAR EDUARDO s/ENCUBRIMIENTO (ART.277) y RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO

Condenaron a César Eduardo Gómez Rodríguez por encubrimiento agravado y desobediencia; se lo declaró reincidente y se le impuso un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, con vencimiento de la pena el 28/12/2026. El tribunal aprobó el acuerdo de juicio abreviado y fundamentó la pena en la gravedad de la conducta, el ánimo de lucro y la reincidencia.

Encubrimiento agravado Desobediencia Juicio abreviado (art. 431 bis cppn) Reincidencia Pena: 1 ano 2 meses Prision de efectivo cumplimiento Vencimiento de pena 28/12/2026 Caducidad registral 28/12/2036 Tasa de justicia $4.700 Tribunal oral en lo criminal y correccional n?12

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fiscalía Oral N° 12, representada por el auxiliar fiscal Dr. Joaquín Buitrago, que propuso y celebró un acuerdo de juicio abreviado. Demandado: César Eduardo Gómez Rodríguez (imputado/ condenado). Objeto: Procedimiento abreviado por hechos penalmente reprochados: encubrimiento agravado por haberse cometido con ánimo de lucro (hecho 1) en concurso real con desobediencia (hecho 2); solicitud de imposición de pena y declaración de reincidencia. Decisión: Se condenó a César Eduardo Gómez Rodríguez a la pena de un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, como autor de encubrimiento agravado por haberse cometido con ánimo de lucro en concurso real con desobediencia; se lo declaró reincidente; se fijó vencimiento de la pena el 28 de diciembre de 2026 y caducidad registral el 28 de diciembre de 2036; se intimó al pago de tasa de justicia de $4.700 y se ordenaron notificaciones e informes a Migraciones y Consulado de Chile. (La decisión corresponde al pronunciamiento definitivo transcripto en la parte resolutiva.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes del fallo): "Que la Fiscalía Oral N° 12, a través del auxiliar fiscal Dr. Joaquín Buitrago, presentó un acuerdo en el que solicitó que se imprima a este proceso el trámite abreviado que prevé el artículo 431 bis del CPPN; a través de videoconferencia, César Eduardo Gómez Rodríguez prestó conformidad con proceder de esta forma. De esta manera, reconoció el hecho por el que fue acusado, descripto en el requerimiento de remisión de la causa a juicio –fojas 13/24 del expediente digital
- y la calificación legal allí consignada." "Tengo por acreditado con la certeza que requiere un pronunciamiento condenatorio ... que César Eduardo Gómez Rodríguez recibió el vehículo ... a sabiendas de su procedencia ilícita y con ánimo de lucro." "Tal como han sido descriptos y reconstruidos los hechos ilícitos con la prueba valorada supra, encuentran adecuación típica en el delito encubrimiento agravado por haberse cometido con ánimo de lucro -hecho 1
- en concurso real con desobediencia -hecho 2-, por el que César Eduardo Gómez Rodríguez deberá responder en calidad de autor." "La sanción de un año y dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas pactada por los adversarios procesales, con la conformidad de la persona imputada, se presenta razonable dentro de las pautas mensurativas que prevén los artículos 40 y 41 del Código Penal." "En consecuencia, se impone declararlo reincidente, pues ha cumplido tiempo en calidad de condenado y, desde el vencimiento de la pena, no ha trascurrido el plazo mínimo de cinco años."
- Votos en disidencia: No hay votos en disidencia; resolución unipersonal por el juez de cámara que integra el Tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar