Incidente Nº 1 - AGRUPACION POLITICA: LA LIBERTAD AVANZA s/RECURSO DE APELACIÓN
La agrupación La Libertad Avanza solicitó reconocimiento como partido de distrito en Formosa y fue impugnada por el presidente del partido Libertad, Trabajo y Progreso. La Cámara Nacional Electoral rechazó el recurso de apelación y confirmó el reconocimiento al considerar que el partido de La Rioja avaló el uso del nombre en Formosa y no existe identidad que sustente la oposición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La agrupación política "La Libertad Avanza" promovió recurso de apelación por el reconocimiento de personería jurídico-política provisoria para actuar en el distrito de Formosa.
- A quién se demanda (Demandado / opositor): Francisco M. Paoltroni, en su carácter de presidente del partido "Libertad, Trabajo y Progreso" del distrito, que formuló oposición y apeló la resolución de primera instancia.
Objeto: Reconocimiento de partido de distrito y derecho exclusivo del nombre "La Libertad Avanza" para actuar en Formosa.
Decisión: La Cámara Nacional Electoral rechazó el recurso de apelación y ordenó que los autos vuelvan a su origen, confirmando así la decisión de reconocimiento provisorio de la personería política.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que en el caso el fundamento para oponerse al uso del nombre adoptado consiste en que éste es 'el mismo […] [con] que […] fue[] [reconocido el partido en el] distrito La Rioja' (cf. fs. 12), con el que la agrupación que el recurrente representa posee –según afirma
- un 'acuerdo[] político[] […] para la conformación de un partido […] [a nivel] [n]acional' (cf. fs. cit.), circunstancia que motivó que 'en [otro] expediente […] [se] solicit[ara] el cambio de[l] nombre' (cf. fs. cit.).-
Ahora bien, no puede dejar de advertirse que mediante la presentación de fs. 24/33 el partido 'La Libertad Avanza' de La Rioja expresó –por medio de sus apoderados
- su voluntad de 'avalar el uso del nombre […] en el distrito […] Formosa en las [presentes] actuaciones […] prestando el total apoyo a la conformación y reconocimiento […] del [partido]'. Asimismo, allí se puso de manifiesto la intención de concurrir en un 'armado a nivel nacional', por lo que los presentantes 'ratifica[n] expresamente […] que es el partido de autos el que representa el espacio en el distrito […][,] [el] que [a su vez] será uno de los […] que conformará[n] el [o]rden [n]acional'.-
Esa expresión de voluntad basta para advertir la inexistencia de la identidad a la que alude el recurrente entre su agrupación y la del distrito La Rioja, circunstancia que deja entonces sin sustento al recurso –y también a la oposición
- deducido por éste.-"
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión del acuerdo fue unánime en la parte resolutiva que rechaza el recurso.
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