Incidente Nº 7 - IMPUTADO: CASTILLO, LUCAS HERNAN s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Imputado por tenencia de estupefaciente por 1.334 g de marihuana fue condenado y se unificaron sus penas; la jueza homologó un acuerdo pleno y aplicó prisión domiciliaria. El tribunal condenó a Lucas Hernán Castillo a pena única de cuatro (4) años y cinco (5) meses de prisión en modalidad domiciliaria, multa de $500 y obligaciones de tratamiento en SEDRONAR, por tenencia simple (art. 14 Ley 23.737) y aplicó el método composicional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada en la audiencia por la Dra. Gabriela Calvo, Auxiliar Fiscal).
Demandado: Lucas Hernán Castillo, DNI 38.502.428.
Objeto: Se lo acusó y formalizó por el delito de “tenencia de estupefaciente” (art. 14 primer párrafo Ley 23.737) por la tenencia de tres paquetes con sustancia vegetal (Cannabis sativa, marihuana) con un peso total de 1.334 gramos y concentración de THC del 4%; hecho ocurrido el 26/02/2024 en Ruta Nacional N°9, Km 1873, durante control en colectivo.
Decisión: Se tuvo por formulada la acusación y se condenó a Lucas Hernán Castillo como autor del delito de tenencia de estupefaciente (art. 14 Ley 23.737) a la pena de un (1) año y un (1) mes de prisión y multa de $500; dispuso la unificación de penas (comprensiva de condena anterior FSA 34764/2018) y condenó al imputado a la pena única de cuatro (4) años y cinco (5) meses de prisión en modalidad domiciliaria, multa de $500, con imposición de las costas, ordenó decomiso y destrucción de la sustancia, la devolución del celular secuestrado y la obligación de continuar tratamiento de adicciones en SEDRONAR “La Quiaca”; las partes renunciaron a plazos procesales para recurrir y la resolución adquirió firmeza en la audiencia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes del fallo):
"Indica que tal acusación, es realizada de conformidad con los arts. 274, 278 y ccs. del Código Procesal Penal Federal y de acuerdo al hecho ilícito que se le imputo 'Tenencia de Estupefacientes'; concretamente, la tenencia de tres 3 paquetes con sustancia vegetal compactada que ante la prueba de campo dio positivo a la presencia de marihuana, con un peso total de 1.334 gramos."
"por lo expuesto, la Fiscalía considera que corresponde endilgarle a Lucas Hernán Castillo la figura de la 'tenencia de estupefaciente', previsto y sancionado por el art. 14, primer párrafo de la Ley 23.737, en tanto la sustancia se encontraba dentro de su ámbito de custodia y de disponibilidad..."
"si bien se solicita una pena de un (1) año y un (1) mes de prisión... es preciso merituar como agravante la pena dispuesta en la causa anterior, no siendo posible considerarlo como 'reincidente' a la luz del art. 50 del C.P., toda vez que, por lo manifestado en la
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