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Incidente Nº 5 - IMPUTADO: GONZALES VITE, JEAN PIERE ANTONY s/Audiencia de debate (Art. 294)

Imputado por transporte de estupefaciente fue sobreseído por nulidad del procedimiento de requisa. El tribunal declaró la nulidad del procedimiento por requisa sin las condiciones de urgencia y orden judicial previstas y sobreseyó definitivamente a Jean Piere Antony Gonzales Vite, disponiendo comunicar la resolución a Migraciones.

Transporte de estupefacientes Nulidad del procedimiento Requisa sin orden Sobreseimiento Perro detector Montaje probatorio Art. 138 cppf Garantia de defensa Migraciones Juzgado federal (tocf jujuy)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Sebastián Gabriel Jure. Demandado: Jean Piere Antony Gonzales Vite (imputado). Objeto: Enjuiciamiento por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5 inc. c Ley 23.737) por hallarse 991 gramos de estupefaciente en paquetes tipo plantillas en las zapatillas del imputado, hechos del 26/06/2024 en Tres Cruces, Jujuy. Decisión: Se declaró la nulidad del procedimiento que dio origen a la causa y, en consecuencia, se sobreseyó definitivamente a Jean Piere Antony Gonzales Vite; se ordenó comunicar la resolución a la Dirección Nacional de Migraciones. (Sin costas.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes y citas textuales): "Así entonces, aunque el día del hecho existieran elementos objetivos de sospecha para profundizar el control como señala el Fiscal, el procedimiento de requisa del imputado no fue realizado al amparo del art. 138 del CPPF y, como tal, debe ser declarado nulo de conformidad a lo establecido en el art. 132 del ídem. Y como corolario, resulta inválido el secuestro de la droga realizado producto de dicha requisa." "La incautación del estupefaciente en poder del imputado no puede nunca justificar el procedimiento fraguado por Gendarmería Nacional que permitió su hallazgo." "La declaración de invalidez apunta a subsanar un perjuicio efectivo que derive del acto inválido, sin que resulte suficiente, en consecuencia, la alegación genérica a la violación al derecho de defensa." Además, se consignó la constatación probatoria de que "el imputado fue requisado, lo que permitió a gendarmería descubrir la droga... Luego se lo hizo ubicar nuevamente, junto al chofer y demás pasajeros, en el interior del automóvil y se hizo la recorrida por el exterior del rodado con el perro detector de narcóticos, de lo que se realizó el registro fílmico", calificándolo como un "montaje del procedimiento" que vulneró las garantías constitucionales (art. 18 CN y art. 7 CADH) y el debido proceso.
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución expresa el acuerdo judicial dictado por la magistrada firmante.

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