Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: HELZER, NAHUEL ANGEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
Imputados fueron procesados por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara homologó el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Fonti, Helzer, Pergiovanni, Ferraro y García Gutiérrez a cuatro años de prisión, multa de 45 unidades fijas, accesorias legales, costas y decomiso de elementos relacionados con la causa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Dr. Hernán Schapiro representó la acusación en la audiencia de juicio abreviado).
Demandado: Rubén Alberto Fonti; Nahuel Ángel Helzer; Rodolfo Juan Pergiovanni; Karina Paola García Gutiérrez; Renato Ferraro (imputados).
Objeto: Responsabilidad penal por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c) Ley 23.737, modificada por ley 27.302).
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado celebrado por las partes (art. 431 bis CPPN) y se condenó a los imputados mencionados a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso; además se ordenó el decomiso de los bienes relacionados en el punto X.1. y se practicará el cómputo de penas y caducidad registral cuando la sentencia quede firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes, lenguaje original del tribunal):
1) "Llegado el momento en el cual evaluaré los elementos probatorios a la luz de la sana crítica racional, debo decir que el plexo probatorio reunido hasta aquí permite tener por acreditada la materialidad del hecho delictuoso atribuido... así como también, por demostrada la responsabilidad penal que le cabe a los nombrados." (párrafo inicial de III. Hechos probados)
2) "En esta línea, valoro como prueba de cargo las contundentes escuchas telefónicas agregadas al sumario las que permitieron detectar numerosas maniobras compatibles con la comercialización de estupefacientes." (III. Hechos probados, valoración de escuchas)
3) "Que en cuanto a la calificación legal de los hechos, las partes consideraron que la conducta atribuida ... encuentra adecuación típica en el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5, inciso “c” de la ley 23.737). Al respecto, debo decir que coincido con la calificación legal asignada al caso." (VI. Calificación legal)
4) "Que, en orden a la pena a imponer... como circunstancia atenuante, pondero que
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