Logo

Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: SANTI, AMERICO ALFREDO Y OTROS s/INFRACCION LEY 22.415 QUERELLANTE: UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA Y OTROS

Condenan a Erwin Raúl Loza por hechos de lavado de activos y le imponen 9 años y 6 meses de prisión más multa equivalente a $378.057.000 y costas. La Cámara (Tribunal Oral Penal Económico 3) reajustó la pena tras la anulación parcial ordenada por la Cámara Federal de Casación y aplicó la nueva redacción del art. 303 CP como ley penal más benigna para determinados hechos.

Lavado de activos Ley 27.739 Pena Multa Carcel Camara federal de casacion penal Reenvio Tribunal oral penal economico 3 Inhabilitacion Costas.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Dr. Gabriel Pérez Barberá) y, como parte querellante, la Unidad de Información Financiera (Dr. Diego Fleyta). Demandado: Erwin Raúl LOZA (DNI 35.280.797). Objeto: Determinación y fijación de la nueva cuantía de la pena por hechos de lavado de activos, conforme al reenvío de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal que anuló partes de la sentencia y ordenó nueva sustanciación para aplicar la reforma introducida por la Ley 27.739. Decisión: Se impuso a Erwin Raúl Loza pena de nueve (9) años y seis (6) meses de prisión; inhabilitación absoluta y privación de la patria potestad, de la administración de los bienes y del derecho de disponer de ellos por actos entre vivos (art. 12 CP); multa de $378.057.000 (seis veces el valor de las operaciones de lavado de activos, art. 303 CP); y costas procesales. Se ordenó registro, notificación, formación del legajo de ejecución y archivo previo certificado de ley.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes textuales de la sentencia): "III.
- Ahora bien, oídas las partes, corresponde señalar que, en esta oportunidad, la jurisdicción que ha sido asignada por la Cámara Federal de Casación Penal a este Tribunal Oral se circunscribe a la fijación de un nuevo monto de pena de prisión a partir del pronunciamiento por el cual se anuló la condena por el delito de contrabando con relación al nombrado, y por el reenvío de fecha 5 de noviembre del cte. año, en orden a los hechos de lavado de activos, de acuerdo a la reforma introducida por Ley 27.739. Ello, por entender dicha Sala que la condena no se encontraba firme y, en definitiva, indicando frente al planteo de la defensa la necesidad de analizar la aplicación de la reforma introducida al art. 303 del CP como ley penal más benigna en favor del imputado." "De toda maneras, cabe aclarar en relación a la fijación de las penas que la mensuración no depende de cuestiones aritméticas sino de una proporcionalidad y adecuada valoración del grado de culpabilidad por los ilícitos sometidos a juzgamiento, lo que más allá de la escala punitiva del concurso del resto delitos condenados por sentencia, permite una cesura de pena adecuada que puede ser igual o levemente inferior, pues la absolución por el contrabando y la modificación de una cantidad de hechos de lavado -los menos significativos en razón de, justamente, el monto de las operaciones
- no puede tomarse como un atenuante de los injustos juzgados." "Concluido el análisis, se aprecia que, tal como sostuviera la defensa del imputado Erwin Loza, son diecisiete (17) hechos de lavado que, en la actualidad, ya no prevén pena de prisión, sino que sólo debe aplicárseles multa de acuerdo con la redacción atenuada del nuevo art. 303 inc. 4to. del CP."
- Disidencias: no se consignan votos en disidencia en la Parte Resolutiva final; la decisión se expresa por mayoría conforme el resolutorio final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar