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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALTAMIRANO, HECTOR GERMAN s/INFRACCION LEY 23.737

Imputado fue juzgado mediante juicio abreviado por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara —Tribunal Oral Federal de Corrientes en juicio abreviado— declaró admisible el procedimiento y condenó a Héctor Germán Altamirano a 4 años de prisión, multa de $1.400.000, decomiso de elementos, destrucción de muestras y declaración de reincidencia.

Juicio abreviado Tenencia con fines de comercializacion Ley 23.737 Condena Multa $1.400.000 Decomiso Incineracion Reincidencia Tribunal oral federal de corrientes Costas


- Actor (Ministerio Público Fiscal): Sr. Fiscal General ante el tribunal Dr. Carlos Adolfo Schaefer y la Fiscal Auxiliar Dra. Tamara A. Pourcel en representación del Ministerio Público Fiscal.
- Demandado (imputado): Héctor Germán Altamirano, DNI 23.025.230.
- Objeto de la demanda: Investigación y juicio por “Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización” (art. 5º inc. c) Ley 23.737), secuestro de sustancias y otros bienes.

¿Qué se resolvió?

Se declaró formalmente admisible el procedimiento de Juicio Abreviado y se condenó a Héctor Germán Altamirano a cuatro (4) años de prisión y multa de $1.400.000, se declaró su reincidencia conforme al art. 50 CP, se ordenó el decomiso de los elementos secuestrados, la destrucción por incineración de las muestras de la sustancia una vez firme la sentencia, se intimó al pago de costas, se difirió la regulación de honorarios y se ofició al Consejo de la Magistratura por la prórroga de prisión preventiva. (La parte resolutiva contiene el detalle de plazos y demás medidas concretas.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): 1) “En efecto, teniendo en consideración lo precedentemente señalado, en orden a los aspectos estrictamente formales dispuestos en la norma que regula el procedimiento en cuestión, declaro admisible el presente pedido, sin perjuicio del pronunciamiento que en definitiva adopte en la presente sobre el fondo de la cuestión.” 2) “El procedimiento que culmino con el secuestro del material estupefaciente y la detención del imputado pudo ser recreado a través de las pruebas relacionadas anteriormente, las que me permiten tener por acreditado el hecho con la certeza exigida para esta etapa procesal…” 3) “Entiendo que la calificación legal contenida en el Acuerdo celebrado es adecuada, toda vez que del contexto probatorio de la causa surge que el Sr. Altamirano ha satisfecho los elementos objetivos y subjetivos del tipo previsto por el art. 5º inc. c) de la Ley 23.737, en la modalidad de ‘Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización’.” 4) “Por todo lo expuesto, concluyo afirmando que se ha acreditado la responsabilidad penal del prenombrado en la comisión del delito de ‘tenencia de estupefacientes con fines de comercialización’ (art. 5, inc. C) de la Ley 23.737) y, en consecuencia, se emitirá sentencia condenatoria en ese sentido.” 5) (Dispositivo transcripto en la Parte Resolutiva Final) “CONDENAR a HECTOR GERMÁN ALTAMIRANO DNI N° 23.025.230 ... a la pena de cuatro (4) de prisión y multa de pesos un millón cuatrocientos mil ($ 1.400.000) ... por haberlo hallado autor penalmente responsable del delito de ‘Tenencia de Estupefacientes con fines de comercialización’ ... y declarar su reincidencia conforme lo previsto en el Art. 50 del CP; ... DECOMISAR todos los elementos secuestrados en autos ... DESTRUIR por incineración las muestras de la sustancia estupefaciente incautada en autos ... INTIMAR al nombrado a abonar las costas del juicio ...”
- Votos o disidencias: Sentencia unipersonal dictada por el Dr. VICTOR ALONSO GONZALEZ; no consta disidencia en el acuerdo final.

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