Incidente Nº 3 - IMPUTADO: FERNANDEZ, DAMIAN EZEQUIEL s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
Incidencia por cumplimiento de condiciones de suspensión del juicio a prueba para obtener la extinción de la acción penal. El Tribunal Oral declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a Damián Ezequiel Fernández por estafa en concurso ideal con uso de documentos públicos falsos, disponiendo además el levantamiento de las medidas cautelares por haberse verificado el cumplimiento de las condiciones impuestas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (informes y presentación realizó la Auxiliar Fiscal Dra. María José Meincke Patané).
- Demandado/Imputado: Damián Ezequiel Fernández (DNI 29.410.597).
- Objeto de la incidencia: Verificación del cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión del juicio a prueba y pedido de extinción de la acción penal y sobreseimiento conforme al artículo 76 ter del Código Penal y normas concordantes.
¿Qué se resolvió?
Se declaró extinguida la acción penal seguida contra Damián Ezequiel Fernández por el delito de estafa en concurso ideal con el de uso de documentos públicos falsos (agravado conforme al art. 292 CP), se lo sobreseyó en la causa nro. 4077 – FSM 9063/2015/TO1/3 y se dispuso el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"II.
- Corrida en vista al Representante del Ministerio Público Fiscal, la Auxiliar Fiscal Dra. María José Meincke Patané, entendió que correspondía declarar extinguida la acción penal respecto de Damián Ezequiel Fernández, de conformidad con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 76 ter del Código Penal, y proceder de acuerdo con lo establecido en el artículo 334 en función del 336 inciso 1° del C.P.P.N."
"III.
- Así las cosas, se tiene por acreditado que Damián Ezequiel Fernández, ha satisfecho las condiciones de cuyo cumplimiento dependía la suspensión del juicio y, en consecuencia corresponde, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 76 ter del Código Penal y 336 inciso 1° del Código Procesal Penal de la Nación, extinguir la acción penal a su respecto y sobreseerlo."
"I. DECLARAR EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL, seguida contra DAMIAN EZEQUIEL FERNANDEZ, en orden al delito de estafa en concurso ideal con el de uso de documentos públicos falsos, agravado en función del segundo párrafo del art. 292 del Código Penal, debido a que uno de los documentos apócrifos que fueron utilizados para la concreción de la maniobra –el Título del Automotor– es de aquellos destinados a acreditar la titularidad del dominio de un vehículo automotor (arts. 45, 54, 172, 76 ter, cuarto párrafo y 292, en función del 296 del Código Penal)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en el texto presentado; la decisión es unipersonal del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3.
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