Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CABALLERO, WALTER LUIS s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS y USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296) SOLICITANTE: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

Solicitud de suspensión del juicio a prueba en causa por uso de documento falso con ofrecimiento de reparación mediante donación. El Tribunal Oral Federal de Corrientes hizo lugar a la suspensión de juicio a prueba y condicionó el beneficio a la donación de dos colchones a la escuela de las Hermanas Dominicas, disponiendo además el oficio al Registro Nacional de Reincidencia.

Suspension de juicio a prueba Donacion Reparacion Uso de documento falso Art. 296 cp Art. 76 y 76 bis cppn Ministerio publico fiscal Registro nacional de reincidencia Tribunal oral federal Corrientes.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (como representante del interés público en el proceso penal).
- Demandado/Imputado: Caballero Walter Luis, DNI N°17.808.739.
- Objeto de la demanda: Solicitud de suspensión del juicio a prueba (arts. 76 y 76 bis CPPN) en la causa por “FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS Y USO DE DOCUMENTOS ADULTERADO O FALSO (ART.296)”, con ofrecimiento de reparación consistente en la donación de dos (02) colchones a la escuela de las Hermanas Dominicas de la ciudad de Corrientes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba solicitada por el imputado, con la condición de que donará dos colchones a la escuela de las Hermanas Dominicas de Corrientes Capital y que remita la constancia de recepción firmada; se ordenó cursar oficio al Registro Nacional de Reincidencia conforme al art. 2, inc. f) de la Ley 22.117 y protocolizar, publicar y notificar.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "Que dicho ofrecimiento aparece razonable, dadas las características del hecho endilgado, a la situación personal del imputado, así como el tiempo transcurrido desde la fecha de ocurrencia del suceso. Ello teniendo siempre presente que '… la idea principal de la reparación se vincula con la actitud del imputado mostrando su voluntad de saneamiento del conflicto para hacerse merecedor del beneficio…'" "En consecuencia, y en base a la real posibilidad de imputado, el tiempo transcurrido desde la fecha del hecho endilgado, atendiendo su condición personal, como así también a los requerimientos de la institución oportunamente ofrecida, entiendo razonable que CABALLERO WALTER LUIS repare el daño causado mediante la donación de dos (02) colchones para la escuela de las Hermanas Dominicas de esta ciudad." "Por lo dicho, acorde con la suspensión del proceso a prueba solicitada, el ofrecimiento de reparación realizado, el consentimiento expreso del MPF en la totalidad de los puntos que sustentan la propuesta, y de conformidad con los arts. 76 y 76 bis del Código Procesal Penal de la Nación, RESUELVO: 1°) DISPONER la SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la resolución final que se transcribe fue la adoptada por el Tribunal.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar