Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BENGOA PAREDES , CARLOS PATRICIO s/INFRACCION LEY 23.737
Imputado acusado por infracción a la ley 23.737 por tenencia de 456,5 g de cannabis en su domicilio. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Tierra del Fuego, integrado unipersonal) homologó el juicio abreviado, condenó a Carlos Patricio Bengoa Paredes a 3 años de prisión en suspenso, multa de $225, costas y reglas de conducta por 3 años, y decretó el decomiso del estupefaciente, dinero y celular.
- Actor (acusador): Ministerio Público Fiscal (Dra. María Lía Hermida, Fiscal Federal de Río Grande).
- Demandado (imputado): Carlos Patricio Bengoa Paredes, DNI 34.484.249.
- Objeto de la causa: Infracción a la ley 23.737 por tenencia de estupefacientes (cannabis sativa) hallados en su domicilio el 02/08/2023, totalizando 456,5 gramos, investigación por presunta tenencia con fines de comercialización inicialmente (art. 5 inc. c ley 23.737), luego reducida a tenencia simple (art. 14 primera parte ley 23.737) mediante acuerdo de juicio abreviado.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Carlos Patricio Bengoa Paredes como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes a la pena de 3 años de prisión en suspenso; multa de $225; costas; se le impusieron por 3 años las reglas de conducta del art. 27 bis incs. 1 y 3 (fijar residencia, sometimiento al patronato, abstención de uso de estupefacientes/abuso de alcohol). Se decretó decomiso del estupefaciente, del dinero ( $59.500 ), del celular y de las bolsas plásticas; devolución del resto de los elementos secuestrados en los términos legales. Regístrese y pase a Secretaría de Ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"De acuerdo con las constancias de la causa reunidas durante la instancia de instrucción y que las partes de común acuerdo han considerado prueba suficiente para la decisión del caso; Carlos Patricio Bengoa Paredes tuvo, en su domicilio de la calle Arteche 1212 de Río Grande, el día 2 de agosto de 2023, 456,5 gramos de Cannabis Sativa. (conforme la Nota Preventiva nro. 575/2023, el acta de intervención policial, el acta de allanamiento de su domicilio, su panel fotográfico y la Pericia Química nro 117.750)."
"De este modo, probada la materialidad del hecho, la autoría de Carlos Patricio Bengoa Paredes, considero razonablemente fundada la calificación legal y que la acusadora adecuara en la figura de tenencia simple de estupefacientes (art. 14 primera parte de la ley 23.737), por lo que he de homologarla. Ello en el marco de los principios de imparcialidad y acusatorio."
"La determinación de la pena y motivación de su cuantía implica relacionar los aspectos objetivos... Tomo así como agravantes su juventud y la cantidad de sustancia; y como atenuantes, el hecho de que fue encontrada en un ámbito privado, con tal sólo un potencial riesgo para terceros... Así la pena requerida resulta proporcional a la atribución concreta que resultó acreditada, y la ausencia de condenas anteriores habilitan la aplicación de una condena de ejecución condicional..."
"En el acuerdo, se estableció darle a los efectos secuestrados el destino de ley es decir el decomiso y destrucción del estupefaciente secuestrado... Finalmente se decomisará el dinero consistente en $ 59.500 (cincuenta y nueve mil quinientos pesos), suma que, previo pago de la multa y costas, será donado al Hospital Regional de Río Grande."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia; el fallo se dictó de forma unipersonal y la parte resolutiva fue homologada conforme lo asentado.
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