Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CARBAJAL, IVAN ALEJANDRO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
El Ministerio Público Fiscal y el imputado arribaron a un acuerdo por la causa por infracción a la ley 23.737; se condenó a Braian Peñaloza por tenencia simple de estupefacientes. La Cámara/Tribunal Oral Federal de San Juan impuso 1 año de prisión de cumplimiento condicional, multa de $40.000, accesorias legales y costas, y diferió el destino de los elementos secuestrados por continuar la investigación respecto del coimputado prófugo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal.
Demandado: Braian Roberto Peñaloza (y se investiga también a Iván Alejandro Carbajal, prófugo).
Objeto: Infracción a la ley 23.737 — tenencia de estupefacientes; inicialmente imputados por tenencia con fines de comercialización (art. 5° inc. c)), luego acuerdo por tenencia simple (art. 14, primera parte).
Decisión: Admitido el acuerdo conforme art. 431 bis C.P.P.N., el Tribunal condenó a Braian Peñaloza como autor de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, 1ª parte ley 23.737) y le impuso la pena de 1 (un) año de prisión de cumplimiento condicional, multa de $40.000, accesorias legales y costas; se ordenó la inmediata libertad que quedó cumplida y se diferió el destino de los elementos secuestrados por continuar la investigación respecto del imputado Iván Carbajal. Las costas se imponen al condenado, a abonarse en diez días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes):
"Pues bien, en relación con ello debo decir que las pruebas agregadas a lo largo del proceso permiten afirmar con certeza, que el día 10 de noviembre del 2015 personal policial incautó en las inmediaciones del Barrio Madre Teresa de Calcuta, Manzana Q, casa 7, Dpto. Pocito, San Juan, bajo la esfera de custodia de Braian Peñaloza, la cantidad de un total de noventa y uno (91) gramos de marihuana."
"En relación al material secuestrado en cuestión, corresponde valorar especialmente el resultado de la pericia química N° 59/2015 efectuada por la División Laboratorio Científico y Pericias Cuyo de la Agencia Regional Federal Cuyo. Allí se determinó que las muestras analizadas se correspondían a plantas de cannabis sativa (marihuana) en la que se comprobó la presencia de tetrahidrocannabinoles, sustancia que se encuentra de las prescripciones de la ley N° 23.737."
"Como quedó establecido, se ha encontrado al imputado nombrado, responsable de haber tenido bajo su esfera de custodia un total de noventa y un gramos de marihuana. En tal sentido, coincido con la calificación legal determinada en el acuerdo celebrado entre el imputado su defensa y el Ministerio Público Fiscal... encuadran en la figura de tenencia simple de estupefacientes, prescripta por el artículo 14, primera parte de la ley 23.737."
(No hubo voto en disidencia relevante consignado en los fundamentos; la sentencia fue dictada unipersonal por el Juez de Cámara que fundamenta el veredicto.)
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