Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUARDIA SOSA, LUCIA BRISA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)
Juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes contra dos imputadas. La Cámara (Tribunal Oral Federal de San Juan) condenó a Lucía Brisa Guardia Sosa a 2 años de prisión y multa de $70.000 y a María Ángel Sosa a 1 año de prisión y multa de $50.000; dispuso la excarcelación inmediata de Lucía Guardia Sosa, devolución de dinero y elementos, destrucción del estupefaciente e imposición de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Causa penal incoada por la Fiscalía/Ministerio Público (autos FMZ 33781/2015/TO1, caratulados “IMPUTADO: GUARDIA SOSA LUCÍA BRISA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737”), tramitada ante el Tribunal Oral Federal de San Juan. (El texto remite al acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes conforme art. 431 bis C.P.P.N.)
Demandado: a) Lucía Brisa Guardia Sosa (DNI 44.915.160) y b) María Ángel Sosa (DNI 29.174.740), imputadas por infracción a la Ley 23.737.
Objeto: Responsabilidad penal por tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primera parte, Ley 23.737), en calidad de coautoras; ejecución del acuerdo de juicio abreviado.
Decisión: Se hizo lugar al acuerdo y se condenó a las imputadas como sigue: a Lucía Brisa Guardia Sosa, dos (02) años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $70.000; a María Ángel Sosa, un (01) año de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $50.000. Se hizo lugar a la excarcelación de Lucía Brisa Guardia Sosa y se ordenó su inmediata libertad; se devolvió el dinero secuestrado según constancia de depósito del 27/11/2023 y elementos personales identificados en Anexo A (01/11/2024); se dispuso la destrucción del material estupefaciente conforme al art. 30 de la Ley 23.737; se impusieron las costas a las condenadas. (Esta es la decisión dispositiva adoptada por el tribunal.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes extraídas del fallo):
"En la ciudad de San Juan, provincia del mismo nombre, a los doce días de diciembre del dos mil veinticuatro, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de San Juan, integrado en forma unipersonal por quien suscribe Daniel Alejandro Doffo, conforme las disposiciones del Código Procesal Penal de la Nación según Ley 27.307, teniendo en cuenta el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes, conforme lo dispuesto por el art. 431 bis del C.P.P.N. en autos N° FMZ 33781/2015/TO1, caratulados: 'Principal en Tribunal Oral TO1
- IMPUTADO: GUARDIA SOSA LUCÍA BRISA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737'."
"1.
- CONDENAR a Lucía Brisa Guardia Sosa, a la pena de dos (02) años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de pesos setenta mil ($70.000), accesorias legales y costas por considerarla penalmente responsable de la infracción al art. 14, primera parte, de la Ley 23.737, tenencia simple de estupefacientes, en calidad de coautora.-"
"2.
- CONDENAR a María Ángel Sosa, a la pena de un (01) año de prisión de efectivo cumplimiento, multa de pesos cincuenta mil ($50.000), accesorias legales y costas por considerarla penalmente responsable de la infracción al art. 14, primera parte, de la Ley 23.737, tenencia simple de estupefacientes, en calidad de coautora.-"
"3.
- HACER LUGAR a la excarcelación de Lucía Brisa Guardia Sosa, solicitada en la audiencia de visu llevada a cabo en el día de la fecha, en razón de lo prescripto por el art. 317 inc. 5 del C.P.P.N. y del art. 13 del C.P..
- En consecuencia, disponer la inmediata libertad de la nombrada en el marco de los presentes autos, sin perjuicio de otro requerimiento jurisdiccional o policial, debiendo diligenciarse los oficios pertinentes.-"
"4.
- PROCEDER a la devolución del dinero secuestrado (constancia de deposito de fecha 27 de noviembre del 2023), los elementos personales identificados en el Anexo A (01 de noviembre del 2024)
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