Principal en Tribunal Oral TO01 - DENUNCIADO: VAZQUEZ , CESAR MIGUEL s/INFRACCION LEY 23.737
César Miguel Vázquez fue condenado por tenencia simple de estupefacientes a tres años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $100.000 en virtud de un acuerdo de juicio abreviado. El Tribunal Oral Federal hizo lugar a la excarcelación solicitada, ordenó la devolución del dinero ofrecido en caución, dispuso la destrucción del estupefaciente y aplicó costas al condenado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No consta actor privado; procedimiento penal incoado por la jurisdicción federal (causa FMZ 7081/2024/TO1).
Demandado: CÉSAR MIGUEL VAZQUEZ, DNI 35.181.829, nacido el 23/03/1990, con domicilio en Barrio Conjunto II, Manzana A, Casa 9, Pocito, San Juan.
Objeto: Proceso penal por infracción a la Ley 23.737 (tenencia simple de estupefacientes), caratulado "Principal en Tribunal Oral TO01
- DENUNCIADO: VAZQUEZ, CESAR MIGUEL s/INFRACCION LEY 23.737". Se celebró acuerdo de juicio abreviado conforme art. 431 bis C.P.P.N.
Decisión: Se condenó a Vázquez "a la pena de tres (03) años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de pesos cien mil ($100.000), accesorias legales y costas" por resultar autor de la infracción al art. 14, primera parte, de la Ley 23.737 (tenencia simple). Se hizo lugar a la excarcelación solicitada y se ordenó la inmediata libertad; se dispuso la devolución del dinero secuestrado y ofrecido en caución (constancias de depósito del 08/05/2024 y 07/06/2024) y de los elementos personales identificados en el Anexo A (23/10/2024); se ordenó la destrucción del material estupefaciente conforme al art. 30 de la Ley 23.737; e impuso las costas al condenado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"teniendo en cuenta el acuerdo de juicio abreviado celebrado entre las partes, conforme lo dispuesto por el art. 431 bis del C.P.P.N. ... en forma definitiva FALLO: 1.
- CONDENAR a CÉSAR MIGUEL VAZQUEZ, a la pena de tres (03) años de prisión de efectivo cumplimiento, multa de pesos cien mil ($100.000), accesorias legales y costas por considerarlo penalmente responsable de la infracción al art. 14, primera parte, de la Ley 23.737, tenencia simple de estupefacientes, en calidad de autor.-"
"2.
- HACER LUGAR a la excarcelación del nombrado, solicitada por su defensa en la audiencia de visu llevada a cabo en el día de la fecha, en razón de lo prescripto por el art. 317 inc. 5 del C.P.P.N. y del art. 13 del C.P.. En consecuencia, disponer la inmediata libertad de Vázquez en el marco de los presentes autos, sin perjuicio de otro requerimiento jurisdiccional o policial, debiendo diligenciarse los oficios pertinentes.-"
"3.
- PROCEDER a la devolución del dinero secuestrado y ofrecido en caución (constancia de depósito del 08 de mayo del 2024 y 07 de junio del 2024), los elementos personales identificados en el Anexo A (23 de octubre del 2024)..."
"4.
- PROCEDER a la destrucción del material estupefaciente secuestrado, reservado en Secretaría, la que se efectuará conforme al procedimiento previsto por el art. 30 de la Ley 23.737.-"
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la sentencia se dicta unipersonal por el Juez firmado y protocolizada.
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