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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GONZALEZ, MARTIN ARIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737 SOLICITANTE: BARRAGÁN, MARTA ESTELA

Juicio abreviado por narcotráfico contra José David Martínez por transporte y tenencia con fines de comercialización de marihuana. El Tribunal Oral Federal declaró admisible el acuerdo de juicio abreviado y condenó a Martínez a 4 años y 2 meses de prisión, multa de 47 unidades fijas y decomiso del vehículo Peugeot 206 dominio EGQ-330.

Juicio abreviado Transporte de estupefacientes Tenencia con fines de comercializacion Marihuana Condena Pena 4 anos 2 meses Multa 47 unidades fijas Decomiso Tribunal oral federal Art. 431 bis cppn

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por la Fiscal General ad hoc Dra. Patricia Ramallo. Demandado: José David Martínez (DNI 30.884.807). Objeto: Se le imputó haber coordinado el envío de 13.764 g de marihuana mediante encomienda y la tenencia de 15.700,06 g (más 3.127,5 g en el vehículo) con fines de comercialización; se propuso y celebró un acuerdo de juicio abreviado por los delitos de transporte de estupefacientes en concurso real con tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Decisión: Se declaró admisible la propuesta de juicio abreviado y se condenó a José David Martínez como autor penalmente responsable de TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES en concurso real con TENENCIA DE ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN a la pena de CUATRO (4) AÑOS Y DOS (2) MESES DE PRISIÓN de cumplimiento efectivo, MULTA de cuarenta y siete (47) unidades fijas, con costas y cumplimiento en establecimiento federal; además se dispuso el decomiso de bienes e instrumentos empleados, en particular el vehículo Peugeot 206, Dominio EGQ-330.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "El contradictorio ha quedado definido por las partes en virtud del acuerdo formulado, en los términos del art.431 bis del CPPN y los elementos probatorios reunidos durante la instrucción permiten tener por probados los sucesos bajo juzgamiento."
- "Hecho 1: La imputación atribuyó a MARTINEZ haber coordinado con González y Ramírez el envío de 13.764 gramos de marihuana... El envío fue retirado por el coimputado González ya juzgado, en las instalaciones del 'Correo Argentino' el 4 de enero de 2021..."
- "Hecho 2: ...se incautó: ... quince (15) paquetes rectangulares que arrojaron un peso de 15.700,06 gramos de sustancia que reaccionó de forma positiva para Cannabis Sativa; y conforme declaración de López ... pertenecían a MARTINEZ. ... en el vehículo ... se incautó ... 3 (tres) paquetes rectangulares ... 3.127,5 gramos que dieron positivo al test de marihuana."
- "La participación de MARTINEZ se encuentra ínsita en la descripción ya efectuada del hecho y en cuanto a la calificación, la propuesta del Ministerio Fiscal es razonable, y acorde a la naturaleza de los hechos que le fueron enrostrados: transporte de estupefacientes en concurso real con el de tenencia con fines de comercialización (art. 5º inc. C de la ley 23.737)."
- "La pena solicitada por la Fiscalía resulta adecuada... la pena pedida de cuatro años y dos meses y multa de 47 unidades fijas sea razonable."
- No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el texto: la sentencia fue dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Santa Cruz conformado de modo unipersonal y el fallo resolvió conforme el acuerdo de las partes.

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