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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: ARENAS, ALBERTO MARTIN s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA

Incidencia en causa federal por uso de documento público falso; se declaró extinguida la acción penal y se sobreseyó al imputado por cumplimiento de las condiciones de la suspensión del juicio a prueba. La Cámara dispuso asimismo el levantamiento de las medidas cautelares al haberse acreditado el cumplimiento de las obligaciones impuestas (art. 76 ter CP y 336 inc. 1º C.P.P.N.).

Incidente Extincion de la accion penal Sobreseimiento Suspension del juicio a prueba 76 ter cp 336 c.p.p.n. Uso de documento publico falso Medidas cautelares Cumplimiento de condiciones Tribunal oral federal n?3 san martin


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal Dra. María José Meincke Patané intervino en la vista).
- Demandado/imputado: Alberto Martín Arenas (DNI 23.191.997).
- Objeto de la incidencia: resolución sobre extinción de la acción penal y sobreseimiento por cumplimiento de las condiciones impuestas en la suspensión del juicio a prueba respecto del delito de uso de documento público falso destinado a acreditar la habilitación para circular de vehículo automotor (arts. 45, 296 en función del 292 CP).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la extinción de la acción penal y se dictó el sobreseimiento de Alberto Martín Arenas en la causa n° 4074 –FSM 9763/2020/TO1/2; además se ordenó el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "II. Corrida la vista la Auxiliar Fiscal, Dra. María José Meincke Patané, entendió, que correspondía declarar extinguida la acción penal respecto del señor Alberto Martin Arenas de conformidad con lo dispuesto en el cuarto párrafo del artículo 76 ter del Código Penal, y proceder de conformidad con el artículo 334 en función del 336 inciso 1ro. del C.P.P.N." "III. Así, se tiene por acreditado que el justiciable en cuestión ha satisfecho con todas las condiciones de cuyo cumplimiento dependía la suspensión del juicio y en consecuencia corresponde, de conformidad con los artículos 76 ter del Código Penal y 336 inciso 1ro. del Código Procesal Penal de la Nación, extinguir la acción penal a su respecto y sobreseerlo en esta causa." "Por todo lo expuesto y de conformidad con la normativa legal vigente, es que RESUELVO: I. EXTINGUIR LA ACCIÓN PENAL, ejercida contra ALBERTO MARTIN ARENAS, en orden al delito de uso de documento público falso ... II. SOBRESEER en la presente causa nro. 4074 –FSM 9763/2020/TO1/2 al imputado ALBERTO MARTIN ARENAS ... III. DISPONER el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente dictadas respecto del encausado."
- Hechos probados y antecedentes relevantes: el imputado había recibido la suspensión del juicio a prueba el 5/10/2022 con reglas de conducta (art. 27 bis CP) y tareas comunitarias; tras incumplimiento inicial se prorrogó el beneficio y se impusieron obligaciones adicionales; constancias agregadas el 19/03/24 y 17/05/24 acreditan cumplimiento de las tareas en la Sociedad de Fomento San Jorge; se acreditó la donación de $30.000 a la Cooperadora del Sistema de Salud de Malvinas (incorporada el 12/08/2024); informe del Registro Nacional de Reincidencia de 27/11/2024 refleja ausencia de nuevos antecedentes. No hay votos en disidencia.

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