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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LAUZURICA, SERGIO ALEJANDRO Y OTRO s/APROPIACION INDEBIDA DE RECURSOS DE LA SEG. SOCIAL

La defensa solicitó la extinción de la acción penal por la regularización de obligaciones prevista en la ley 27.743. La Cámara/Tribunal Oral declaró extinguida la acción penal y decretó el sobreseimiento de Sergio A. Lauzurica y Anabella C. Saúl, ordenando el levantamiento de las medidas cautelares al haberse verificado la cancelación de las deudas y no existir causales de exclusión.

Extincion de la accion penal Sobreseimiento Ley 27.743 Regularizacion tributaria Arca/afip Apropiacion indebida seguridad social Levantamiento de medidas cautelares Ministerio publico fiscal Tribunal oral federal Periodo 06/2016

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa técnica de Sergio Alejandro Lauzurica y Anabella Carla Saúl solicitó la extinción de la acción penal; intervino también el Ministerio Público Fiscal, que emitió dictamen favorable. Demandado: Sergio Alejandro Lauzurica y Anabella Carla Saúl (imputados). Objeto: Se pidió la declaración de extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento en virtud del pago/cancelación de obligaciones previstas en la Ley 27.743 (Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social) respecto del período fiscal 06/2016. Decisión: Se hizo lugar a la petición; se declaró extinguida la acción penal contra Lauzurica y Saúl y se decretó su sobreseimiento; se ordenó el levantamiento de las medidas cautelares y se ordenó notificar, publicar, registrar y comunicar a los organismos pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En virtud del delito de apropiación indebida de los recursos de la seguridad social por el que se formuló la acusación en autos, previsto en el art. 7 de la ley 27.430, la nombrada ley 27.743 establece como requisito para que opere la extinción por pago, que los imputados no se encuentren con auto de procesamiento firme y elevada la causa a juicio oral (art. 4)." "Es por ello que, verificado que sea que los imputados no se encuentran comprendidos en la causal de exclusión del beneficio prevista en el art. 4.i de la ley 27.743 (declaración del estado de quiebra), este Ministerio Público Fiscal no se opone a la extinción de la acción penal en los términos del art. 5 de la norma citada." "Llegado el momento de resolver respecto de la petición impetrada por la defensa, en consonancia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, habré de hacer lugar a la extinción de la acción penal en favor de Sergio Alejandro Lauzurica y Anabella Carla Saul, conforme lo establecido en el artículo 5 de la ley 27.743..." Además, el fallo incorpora el informe de ARCA/AFIP que confirma la cancelación de capital e interés del período 06/2016 y los informes del Registro de Juicios Universales y del Registro Nacional de Reincidencia que no registran antecedentes concursales ni penales a nombre de los imputados. No consta disidencia.

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