Legajo Nº 59 - SOLICITANTE: BRAVO, SILVINA FERNANDA IMPUTADO: GARCÍA SALDIAS, PABLO ANGEL Y OTROS s/LEGAJO DE ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS / PETICIONES
Solicitud de entrega provisoria de un vehículo secuestrado en causas por infracción a la ley 23.737. La Cámara dispuso, por unanimidad, la entrega en carácter de depositario judicial a favor de Yamil Andrés Asef, imponiendo la contratación de seguro y la prohibición de actos de disposición.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Yamil Andrés ASEF, por intermedio de su defensa.
- A quién se demanda (Demandado / opositor): Ministerio Público Fiscal (se expidió en forma desfavorable al pedido) y el Tribunal Oral Federal de Neuquén como autoridad que resuelve el incidente.
Objeto: La restitución/restitución provisoria del vehículo marca SUZUKI modelo FUN, dominio IRX-377, junto con su documentación (Título N° 08-0121743/2009; Form. 08 N° 45176585; cédula N° 40981917), secuestrado en las actuaciones principales.
Decisión: Se hizo lugar a la entrega provisoria y en carácter de depositario judicial del vehículo a favor de Yamil Andrés ASEF; se impuso la obligación de contratar seguro contra terceros y destrucción total y acreditar dicha contratación ante el Tribunal; se prohibieron actos de disposición sobre el bien (vender, embargar, gravar o dar en garantía); y se ordenaron las notificaciones y registros correspondientes.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En definitiva, no existiendo -a primera vista-, elementos que permitan suponer que el rodado haya servido para cometer el hecho o que sea producto o ganancia del ilícito, es que corresponde hacer entrega en forma provisoria -y, hasta que se decida en forma definitiva sobre todos los bienes secuestrados-, al Sr. ASEF del vehículo secuestrado SUZUKI modelo FUN, dominio IRX-377..."
"haciéndole saber no puede disponer del bien, esto quiero decir que se lo entregará como depositario judicial del vehículo, y puede utilizarlo, pero no puede venderlo, embargarlo, gravarlo, darlo en garantía. Sólo puede utilizarlo y deberá ponerlo a disposición del Tribunal, cuando así se disponga."
"Por lo expuesto, el TRIBUNAL por UNANIMIDAD RESUELVE: I. HACER ENTREGA en forma provisoria y en carácter depositario judicial, al Señor Yamil Andrés ASEF del vehículo marca SUZUKI modelo FUN, dominio IRX-377... II. IMPONER COMO OBLIGACIÓN ... III. PROHIBIR ... IV. Ofíciese. Notifíquese. Publíquese. Regístrese."
- Notas procesales relevantes: La Fiscalía se opuso por existir recurso de casación respecto de la sentencia de fecha 24/02/2023 y por planteos vinculados al decomiso; sin embargo el Tribunal consideró que no hay, a prima facie, elementos que vinculen el vehículo con la comisión del hecho ni que lo constituyan en producto del ilícito, y resolvió la entrega provisoria en carácter de depositario judicial. La decisión fue unánime.
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