Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LALLANES, CARLOS FABIAN Y OTRO s/CONTRABANDO DE ESTUPEFACIENTES ARTICULO 866, 2º PARRAFO - CODIGO ADUANERO
Juicio abreviado por contrabando agravado de estupefacientes en grado de tentativa contra Carlos Fabián Lallanes y Gabriela Lorena Ortiz. El tribunal declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Lallanes a 4 años y 6 meses de prisión y a Ortiz a 3 años de prisión, disponiendo además la suspensión del cumplimiento de la pena de Ortiz por 2 años sujeta a condiciones, la destrucción de muestras y el pago de costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por la Dra. Tamara Pourcel.
Demandado: Carlos Fabián Lallanes (DNI 23.684.648) y Gabriela Lorena Ortiz (DNI 27.959.236).
Objeto: Investigación y enjuiciamiento por el delito de contrabando agravado de estupefacientes (arts. 866 y 871 Código Aduanero) en grado de tentativa.
Decisión: Se declaró formalmente admisible el Juicio Abreviado y se condenó a LALLANES a la pena de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión; se condenó a ORTIZ a la pena de tres (3) años de prisión, debiéndose convertir en definitiva la libertad concedida oportunamente y ordenar el levantamiento de medidas de caución; además se dejó en suspenso el cumplimiento de la pena para ORTIZ por dos (2) años con condiciones (fijar residencia, someterse al cuidado de la Dirección de Asistencia y Control de Ejecución Penal y comunicar lo resuelto al Juzgado de Ejecución), se ordenó la destrucción por incineración de las muestras secuestradas, se intimó a los condenados al pago de costas y demás oficios y comunicaciones previstos en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Declaro admisible el Juicio Abreviado traído a conocimiento, sin perjuicio del pronunciamiento definitivo que adopte en la presente sobre el fondo de la cuestión."
2) "Dicha pieza procesal detalla que las presentes actuaciones se iniciaron con motivo del procedimiento llevado a cabo por personal de la Dirección General de Aduanas Paso de los Libres, el día 16 de agosto de 2023, cuando arribaron de manera espontánea al carril de ingreso al país los ciudadanos LALLANES y ORTIZ... Todo lo hallado resultó un total de treinta y seis (36) blísteres enteros conteniendo diez (10) pastillas cada uno y dos mil setecientos cuarenta (2740) pastillas individuales, TOTALIZANDO TRES MIL CIEN (3100) PASTILLAS DE ROHYPNOL FLUNITRAZEPAN, con un valor en plaza de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 25/100 ($2.218.445,25)..."
3) "El procedimiento llevado a cabo por la prevención, que diera como resultado la incautación del material estupefaciente, respondió al ejercicio de las funciones y facultades inherentes al poder de policía en materia aduanera... La naturaleza estupefaciente del material incautado emerge de la Pericia Química N° 126.853 de fecha 26/06/2024..."
4) "La calificación legal contenida en el Acuerdo es adecuada al caso... se encuentran acreditadas las circunstancias de tiempo, lugar y modo... se configuró la tentativa de contrabando agravado al intentar los causantes ingresar al país la mercadería prohibida..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia fue dictada en forma unipersonal por el Juez de Cámara subrogante Juan Manuel Iglesias.
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