Logo

Incidente Nº 10 - DENUNCIADO: DAICH , ALBERTO DANIEL s/INCIDENTE DE AUTORIZACION DE SALIDA

Autorizan a Alberto Daniel Daich a viajar a Miami (EEUU) del 3 al 15 de enero de 2025 bajo caución juratoria y obligaciones procesales. La Cámara concedió la autorización con sujeción a las obligaciones señaladas en el considerando 6°, advirtiendo que su incumplimiento podrá llevar a declarar la rebeldía y ordenar su captura.

Autorizacion de viaje Caucion juratoria Suspension de juicio a prueba Rebeldia Captura Tribunal oral penal economico Certificado de viaje Lex100 Direccion nacional de migraciones No costas

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La defensa técnica de Alberto Daniel Daich solicitó la autorización de salida del país. Demandado: Incidente tramitado en la causa contra Daich (Ministerio Público Fiscal intervino y dictaminó conforme). Objeto: Autorización para que Alberto Daniel Daich viaje a Miami, Estados Unidos, desde el 3 hasta el 15 de enero de 2025, con entrega de itinerario y domicilio de estadía. Decisión: Se hizo lugar a la autorización de viaje solicitada, concediéndose a Alberto Daniel Daich permiso para viajar a los Estados Unidos de América entre el 3 y el 15 de enero de 2025, ambas fechas inclusive, bajo caución juratoria y con las obligaciones previstas en el considerando 6°, y se dispuso no hacer lugar a costas. Asimismo, ordenó que se registre, protocole y notifique al representante del Ministerio Público Fiscal y a la defensa, que se presente el acta compromisoria en Lex100 y, cumplido ello, se expida certificado de viaje y se comunique a la Dirección Nacional de Migraciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes y citas textuales): "3°) Que, cabe recordar que este Tribunal -el 31 de octubre de 2024
- suspendió el proceso a prueba respecto del nombrado DAICH, por el término de dos (2) años y seis (6) meses, con la imposición de las siguientes reglas: a) fijar residencia y someterse al cuidado de la Dirección de Control y Asistencia de la Ejecución Penal; b) realizar tareas comunitarias... c) donar la suma de quince millones de pesos ($ 15.000.000) en cuotas mensuales... d) hacer efectivo el abandono en favor del Estado del vehículo marca BMW, dominio NWM 421 (art. 76 bis, sexto párrafo, del Código Penal)." "5°) Que, dicho ello, se entiende que el pedido de autorización de viaje efectuado resulta procedente, en la medida que el probado DAICH se encuentra a derecho en las actuaciones, que no se requiere -en las fechas en cuestión
- su presencia en actos indispensables del proceso y que, incluso, el nombrado ha dado cumplimiento a las obligaciones impuestas en oportunidad de otorgarle autorizaciones de viajes anteriores (cfr. surge de este mismo incidente)." "6°) Que, en cuanto al tipo de caución bajo la cual se concederá la autorización de viaje a Alberto Daniel DAICH, se entiende suficiente (para asegurar su sujeción a la presente causa) que el nombrado preste caución juratoria... el nombrado deberá: a) dejar sentado que tomó conocimiento personal de la autorización concedida por la presente; b) comprometerse a regresar al país en la fecha indicada; c) asumir el compromiso de informar inmediatamente cualquier circunstancia que incida sobre la autorización de viaje conferida; y d) que dentro de las 48 horas de producido su retorno al país deberá informar aquella circunstancia, adjuntando un comprobante con código QR de su último ingreso al país... todo ello bajo apercibimiento de declarar la rebeldía y ordenar su inmediata captura."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en el acuerdo final.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar