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Incidente Nº 18 - IMPUTADO: BAZAN , EDUARDO DANIEL s/INCIDENTE DE LIBERTAD CONDICIONAL

La defensa solicitó la libertad condicional de Eduardo Daniel Bazán prevista en el art. 13 del Código Penal. La Cámara (Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5) rechazó la petición por considerar que el pronóstico de reinserción social es desfavorable y que el tratamiento penitenciario resulta todavía incipiente.

Libertad condicional Art.13 c.p. Art.28 ley 24.660 Pronostico de reinsercion social Calificacion de concepto regular (03) Tratamiento penitenciario Tribunal oral en lo criminal federal n?5 Rechazo Ejecucion penal Pena vence 15/09/2028

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensor Público Oficial Leonardo David Miño, en representación de Eduardo Daniel Bazán. Demandado: Eduardo Daniel Bazán (solicitante del beneficio). Objeto: Incorporación al régimen de libertad condicional (art. 13 C.P. y art. 28 Ley 24.660). Decisión: Se rechazó la solicitud de libertad condicional formulada por la defensa oficial en favor de Eduardo Daniel Bazán.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes): "Que, en virtud de ello, se agregaron los informes criminológicos requeridos a la unidad de alojamiento. Así, la autoridad penitenciaria mediante Acta Nº 207/2024, labrada por el Consejo Correccional del CPF I se expidió '… POR UNANIMIDAD en forma NEGATIVA a la incorporación del interno BAZAN GOMEZ Eduardo David ... Si bien contaría con referente familiar que pudiera asistirlo es oportuno destacar que aún posee un pronóstico de reinserción social DESFAVORABLE. El interno se encuentra en el inicio del Tratamiento Penitenciario.'" "Del informe producido por el Servicio Criminológico del establecimiento penitenciario se desprende que el condenado fue calificado con concepto 'regular' -tres-, lo que da cuenta del inicio incipiente del tratamiento... Resulta claro que el acotado lapso en tratamiento no alcanza para la suficiente adquisición de herramientas y/o internalización de pautas y normas que favorezcan su retorno al medio libre, aunque se advierte un cumplimiento meramente formal de los objetivos, ello impide computar como favorable el pronóstico de reinserción social exigido por el art. 13 del Código Penal." "En definitiva, estimo que la solicitud liberatoria resulta prematura, por lo que el condenado deberá continuar transitando el régimen de progresividad hasta que pueda constatarse el efectivo apego a las normas sociales y la asimilación de las herramientas brindadas intramuros... Entonces, hasta tanto suceda lo antes expuesto, entiendo que el pronóstico de reinserción social, como ya afirmara, no puede reputarse como favorable, por lo que corresponde rechazar la solicitud de libertad condicional."
- Datos procesales relevantes: Sentencia condenatoria firme del 28 de agosto de 2018 que impuso a Daniel Eduardo (sic) Bazán la pena de 12 años. La sanción vence el 15 de septiembre de 2028.
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución citada es la que prevalece.

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