Incidente Nº 7 - IMPUTADO: PEREZ, BRENDA ROCIO s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)
Acuerdo pleno homologado en juicio abreviado por transporte de 2.893 g de cocaína; se condenó a la imputada a 4 años de prisión domiciliaria y multa de 45 unidades fijas. El tribunal consideró acreditados hechos y prueba no controvertida, y fijó domicilio para cumplimiento, facultando la destrucción del estupefaciente.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Dra. María del Carmen Núñez, Fiscal Federal Interina).
- Demandado / Imputada: Brenda Rocío Pérez, DNI 41.172.961.
- Objeto de la demanda: Control de la acusación en virtud de un acuerdo pleno (procedimiento abreviado) por el delito de transporte de estupefacientes (art. 5, inc. c) ley 23.737), relativo al transporte de 2.893 gramos de cocaína.
¿Qué se resolvió?
Se declaró admisible el acuerdo pleno celebrado por las partes y, en consecuencia, se condenó a Brenda Rocío Pérez a la pena de 4 años de prisión en modalidad domiciliaria, multa de 45 unidades fijas e inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena; se fijó el domicilio para cumplimiento, se facultó al MPF para destruir la droga (si no hay investigación sobre otros involucrados), se impusieron las costas a la imputada y se remitió el expediente al juez de ejecución correspondiente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"1.
- Que en las condiciones descriptas y teniendo en cuenta que el juicio abreviado en la modalidad de acuerdo pleno fue presentado por las partes en la etapa procesal oportuna, que la imputada asumió los hechos objeto de acusación, la tipificación legal que se le asignó y la pena requerida por la Fiscal Federal interina, no se advierten impedimentos para homologar el acuerdo presentado por las partes."
"2.1.
- En ese contexto, se tiene por acreditado a partir de las pruebas que no fueron controvertidas, la existencia del hecho acaecido el día el día 13/9/2024 a horas 12:30 aproximadamente... En función de la pericia química practicada al material estupefaciente, se tiene por probado que se trataba de 2.893 gramos de cocaína con una concentración de 62,11 %, y con capacidad para extraer 17.965,32 dosis umbrales."
"3.
- Lo expuesto, habilita a tener por configurados los extremos objetivos y subjetivos del tipo penal en cuestión, verificada la ocurrencia de los hechos y la participación criminal asignada, por lo que corresponde expedirse sobre la adecuación típica, adelantado que se comparte la postura adoptada por las partes en el convenio celebrado, esto es, que encuadra en lo normado por por el art. 5, inc. c) de la ley 23.737."
"4.
- Que, la pena requerida respecto de Brenda Rocío Pérez consistente en 4 años de prisión, en modalidad domiciliaria, es ajustada a derecho, existiendo acuerdo de partes sobre su imposición, encontrándose dentro de la escala legal establecida por el art. 5 inc. 'c' de la ley 23.737..."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la parte dispositiva; la resolución es del suscripto Juez de Cámara Alejandro Castellanos.
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