Incidente Nº 1 - IMPUTADO: HINOJOSA GUTIERREZ , EMIR Y OTRO s/Audiencia de Formalización de la investigación (Art. 258)
Solicitud de rectificación de la identidad del imputado por discrepancia en la grafía del nombre. El Juzgado Federal ordenó que en la Resolución de Acuerdo Pleno del 13/12/2024 y en lo remitido se lea ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ en lugar de EMIR HINOJOSA GUTIERREZ, con base en la cédula de identidad boliviana N° 13.388.430.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: El Juzgado Federal (a partir de la remisión de la carpeta) y la Unidad Fiscal que formalizó la acusación.
Demandado: El imputado identificado en autos (denominado en distintas piezas como EMIR/ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ).
Objeto: Ratificación y rectificación del nombre del encartado en las actuaciones, por discrepancia entre la identificación obrante en la sentencia/compute y la cédula de identidad boliviana.
Decisión: Se hizo lugar a la rectificación: donde en la Resolución de Acuerdo Pleno del 13/12/2024 y en lo remitido figura "EMIR HINOJOSA GUTIERREZ" debe leerse "ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ". Notifíquese.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes):
"Téngase presente la remisión de la capeta judicial N° FSA 5587/2024/1, caratulada: “HINOJOSA GUTIERREZ, HEMIR Y OTRO S/Audiencia de Formalización de la investigación (Art. 258)”, a los efectos de que se ratifique y/o rectifique el Nombre del encartado en virtud de que en la Sentencia y computo remitido el mismo es identificado con el nombre EMIR HINOJOSA GUTIERREZ, siendo que en su Cedula de Identidad de Bolivia el causante se encuentra reconocido como ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ."
"Al respecto, sin perjuicio de que en fecha 9/9/2024 la Unida Fiscal haya formalizado acusación en contra del imputado como "EMIR" HINOJOSA GUTIERREZ, resultando su correcta identidad la de ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ, tal como surge de su Cedula de Identidad Boliviana N° 13.388.430; en consecuencia, en la Resolución de Acuerdo Pleno de fecha 13/12/2024, dispuesta en el marco de la Carpeta Judicial N° FSA 5587/2024/3, caratulada: “HINOJOSA GUTIERREZ, EMIR Y OTRO S/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)”, donde se consigna "EMIR HINOJOSA GUTIERREZ" debe leerse "ERMIR HINOJOSA GUTIERREZ".
(No hay votos en disidencia consignados en el dispositivo.)
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