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Incidente Nº 2 - IMPUTADO: MEZA AMES, ÁNGEL s/Audiencia de sobreseimiento (Art. 272, CPPF)

La Fiscalía solicitó el sobreseimiento de Ángel Meza Ames por cumplimiento de un acuerdo de suspensión de juicio a prueba; el Juzgado federal hizo lugar al pedido. Se dictó el sobreseimiento por el art. 269 inc. “g” del CPPF, se levantaron las medidas de coerción y se ordenó el cierre definitivo del proceso.

Sobreseimiento Suspension del juicio a prueba Art. 269 inc. g Ministerio publico fiscal Encubrimiento Contrabando Art. 874 Ley 22.415 Levantamiento de medidas de coercion Registro nacional de reincidencia


- Actor (quién solicita): Ministerio Público Fiscal, con intervención del Fiscal General Dr. Eduardo Villalba, representado en audiencia por la Dra. Roxana Gual.
- Demandado (imputado): Ángel Meza Ames (DNI 94.731.060).
- Objeto de la petición: Sobreseimiento del imputado por haberse cumplimentado las condiciones impuestas en un acuerdo de suspensión del juicio a prueba (art. 76 bis C.P.).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de sobreseimiento de Ángel Meza Ames por la causal del art. 269 inc. “g” del CPPF, se cerró definitiva e irrevocablemente el proceso, se levantaron las medidas de coerción impuestas durante el proceso, y se ordenaron las comunicaciones de rigor.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes): "II.
- Que llegado el momento de resolver, luego de ser oídas las partes, y teniendo en cuenta los pormenores de cómo sucedieron los hechos, los elementos reunidos en el marco de esta carpeta judicial y lo expuesto por la representante de la Unidad Fiscal y la defensa en relación a cómo se han cumplimentado las reglas de conducta impuestas al imputado en el marco de un acuerdo de suspensión de proceso a prueba homologado y habiéndose constatado a través del informe procedente del Registro Nacional de Reincidencia que el nombrado carece de antecedentes computables, teniendo en consideración además, que reside en el Ministerio Público Fiscal la facultad de solicitar el sobreseimiento, de acuerdo con lo previsto en los arts. 268 inc. “a” y 269 inc. “g”, luego de que la defensa prestara conformidad en esta audiencia, se dispone hacer lugar a dicha solicitud." "Por ello, RESUELVO: I.
- DICTAR el SOBRESEIMIENTO de Ángel Meza Ames D.N.I. 94.731.060 de las demás condiciones obrantes en autos, por la causal del art. 269 inc. “g” del CPPF en relación al hecho que fueran investigados, cerrando definitiva e irrevocablemente este proceso. II.
- LEVANTAR las medidas de coerción impuestas durante el proceso. III.
- EFECTUAR a través de la Oficina Judicial las comunicaciones de rigor. IV.
- REGISTRESE y notifíquese."
- Hechos y normativa citada: El imputado fue investigado por "Encubrimiento de contrabando de mercadería de origen extranjero, previsto en el art. 874, punto 1 inc. 'd', en función del art. 947, primer párrafo de la ley 22.415", por un procedimiento del 2 de marzo de 2023; se celebró y cumplimentó un acuerdo de suspensión del proceso a prueba (art. 76 bis C.P.). No hubo votos en disidencia.

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