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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ALMADA, MARISA MARÍA Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737

Los imputados fueron procesados por transporte de estupefacientes en relación con hallazgo de 20.655 comprimidos y 4.032 gramos de sustancia granulada; la Fiscalía y las partes acordaron un juicio abreviado. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Corrientes, Dr. Fermín Amado Ceroleni) declaró admisible el juicio abreviado y condenó a Gustavo Edén Rodríguez y a Marisa María Almada a cinco años y seis meses de prisión y multa de $700.000 cada uno, además de decomiso, destrucción de muestras y costas.

Transporte de estupefacientes Ley 23.737 Juicio

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal representado por el Fiscal General Dr. Carlos Adolfo Schaefer y la Fiscal Auxiliar Dra. Tamara Ahimará Pourcel. Demandado: Imputados GUSTAVO EDÉN RODRÍGUEZ, D.N.I. 26.682.339, y MARISA MARÍA ALMADA, D.N.I. 37.534.137. Objeto: Investigación y sanción por el delito de "transporte de estupefacientes" previsto en el artículo 5 inciso c) de la Ley 23.737, por hechos ocurridos el 29/03/2023 con secuestro de comprimidos y sustancia granulada. Decisión: Se declaró formalmente admisible el procedimiento de Juicio Abreviado pedido por las partes y, en ese marco, se condenó a ambos imputados como autores penalmente responsables del delito de transporte de estupefacientes a la pena de cinco (5) años y seis (6) meses de prisión y multa de pesos setecientos mil ($700.000,00) para cada uno (pagadera en 30 días desde la firmeza), además de decomiso de efectos secuestrados, devolución de efectos personales no sujetos a decomiso, destrucción por incineración de las muestras, diferir la regulación de honorarios y la imposición de costas.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos y citas textuales relevantes): "Que en el acuerdo celebrado '...los imputados Marisa María ALMADA y Gustavo Edén RODRÍGUEZ admiten y reconocen su participación en el hecho que se les atribuye, conforme las circunstancias de tiempo, modo y lugar que se describen en el requerimiento de elevación de la causa…'." "La Pericia química N° 116.330 ... determinan que '…LAS MUESTRAS ANALIZADAS E IDENTIFICADAS…SE TRATAN DE COMPRIMIDOS CUYO PRINCIPIO ACTIVO ES TENANFETAMINA O METILENDIOXIANFETAMINA (MDA)…EL PRINCIPIO ACTIVO DE LA TENANFETAMINA O METILENDIOXIANFETAMINA (MDA) SE ENCUENTRA INCLUIDO EN LA LISTA DEL ANEXO 1 DEL DECRETO 560/2019 DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES...'." "Se procedió al conteo ... arrojando un total de VEINTE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO (20.655) comprimidos ... dando un peso total de CUATRO KILOS CON TREINTA Y DOS GRAMOS (4.032 GRS)." "Perfeccionada como fue la figura penal seleccionada, es el rol que le cupo a cada procesado en la realización del tipo penal mencionado, el que también aparece irrefutablemente cumplido... debe reputárselos autores penalmente responsables en los términos de lo previsto por el artículo 45 del Código Penal." Sobre la pena y multa: "es la pena de cinco (5) años de prisión, para cada uno... En lo que a la pena multa a imponer respecta, considero ajustada y proporcional la suma de pesos setecientos mil ($700.000,00), para cada uno, la que deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días, una vez firme el presente pronunciamiento..." Sobre admisibilidad del procedimiento: "En orden a lo expuesto, los extremos formales del instituto de marras aquí aparecen cumplidos, por lo que corresponde declarar admisible el pedido de aplicación del procedimiento abreviado..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en la resolución transcripta.

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