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Legajo Nº 4 - IMPUTADO: LEZCANO, VÍCTOR HUGO s/LEGAJO DE INCONSTITUCIONALIDAD

El condenado Víctor Hugo Lezcano solicitó declarar la inconstitucionalidad del art. 56 bis de la Ley 24.660 y del art. 14 inc. 10 del Código Penal para obtener libertad condicional. La Cámara (Tribunal Oral Federal de Posadas, por el Sr. Juez F. G. Cardozo) rechazó el planteo y negó la libertad condicional, entendiendo que la reforma por Ley 27.375 no vulnera la Constitución ni los tratados y se enmarca en la política criminal del legislador.

Libertad condicional Inconstitucionalidad Ley 24.660 Ley 27.375 Art. 56 bis Art. 14 cp inc.10 Ejecucion penal Politica criminal Progresividad Reinsercion social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Víctor Hugo Lezcano (peticionante a través de su defensor público coadyuvante, Dr. Claudio Augusto Amarante). Demandado: Se impugna la normativa nacional (art. 56 bis Ley 24.660 y art. 14 inc. 10 del Código Penal, modif. por Ley 27.375) en el marco del legajo de ejecución penal; en la práctica, la pretensión se orienta contra la aplicación de la norma por el Estado/poder público responsable de la ejecución penal. Objeto: Declaración de inconstitucionalidad del art. 56 bis de la Ley 24.660 (texto conforme Ley 27.375) y del art. 14 inc. 10 del Código Penal para acceder a la libertad condicional. Decisión: Se rechazó el pedido de declaración de inconstitucionalidad de los arts. 56 bis de la Ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal (modificaciones por Ley 27.375) y, en consecuencia, no se hizo lugar al pedido de libertad condicional del condenado Víctor Hugo Lezcano; sin costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "las restricciones establecidas en el art. 56 bis de la Ley 24.660 (texto según la Ley 27.375 -BO 28/07/2017) no resultan violaciones de los derechos y garantías reconocidas en la Constitución Nacional y en de los tratados internacionales con jerarquía constitucional, ni la finalidad de la Resocialización, ni los principios de humanidad y progresividad en la ejecución de las penas privativas de la libertad entre otros." "En tal sentido, se han pronunciados las distintas Salas de la Excma. Cámara Federal de Casación Penal ... '…Así, con relación al fin de reinserción social de las penas (art. 1, Ley 24.660; arts. 18 y 75.22, CN; art. 5.6, CADH; art. 10, 3 PIDCyP) y la progresividad como medio a través del cual se alcanza ese fin (art. 6, Ley 24.660), llevo dicho que no se advierte que el instituto establecido en el art. 56 quater impida su conquista.'" "En conclusión y en razón de lo expuesto, estima esta Judicatura que no debe hacerse lugar al pedido de declaración de inconstitucionalidad del artículo 30 de la ley 27.375, planteado por el Sr. Defensor Oficial y en consecuencia no hacer lugar al pedido de Libertad Condicional de Víctor Hugo Lezcano, DNI N° 27.035.803, toda vez que el penado se encuentra comprendido, por el tipo de delito, en el punto 10) del art. 56 bis de la Ley 24.660, reformado por el art. 30 de la ley 27.375 que dice: 'No podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados por los siguientes delitos: …10) Delitos previstos en los artículos 5º, 6º y 7º de la ley 23.737 o la que en el futuro la reemplace'."
- Votos en disidencia relevantes: No consta disidencia; el acuerdo final reproducido en la Parte Resolutiva es la decisión del tribunal.

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