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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GUTIERREZ, ANA BELEN s/INFRACCION LEY 23.737

El Ministerio Público solicitó el sobreseimiento de Ana Belén Gutiérrez por insignificancia respecto de 2,27 g de marihuana. El Tribunal Oral Federal de Tucumán, en decisión unipersonal, hizo lugar al pedido y sobreseyó a la imputada por el delito previsto en el art. 5° inc. e (último párrafo) de la ley 23.737, en grado de tentativa, con el agravante del art. 11 inc. e.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Subrogante Dr. Pablo Camuña, quien solicitó el sobreseimiento.
- Demandado / Imputada: Ana Belén Gutiérrez, DNI 44.703.553.
- Objeto de la solicitud: Pedido de sobreseimiento respecto del delito previsto en el artículo 5° inc. “e” (último párrafo) de la ley 23.737 — entrega a título gratuito de estupefacientes — con agravante del art. 11 inc. “e”, en grado de tentativa.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido y se sobreseyó a Ana Belén Gutiérrez de las condiciones personales obrantes en autos en orden al delito mencionado; asimismo, se protocolizó y hícose saber. Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos relevantes): "I
- Que el Ministerio Público Fiscal solicita el sobreseimiento de la acusada Ana Belén Gutiérrez en tanto considera que la conducta desplegada por la nombrada no afecta el bien jurídico protegido (salud pública). Considera que debe tenerse en cuenta la ausencia de lesividad por parte de la conducta de la imputada en base del principio de insignificancia o bagatela. Sostiene que Gutiérrez no ha incurrido en una conducta que afecte intereses de terceros y que revistan una relevancia significativa en la afectación al bien jurídico protegido por la Ley 23737, en razón de la escasa cantidad de material estupefaciente secuestrado -2,27 gramos de marihuana-." "II
- Sentado cuanto precede, corresponde al Tribunal ingresar a su consideración. En el sub examen el representante fiscal, requirió al Tribunal el dictado de auto de sobreseimiento en favor de la encartada (Art. 361 del C.P.N.). En examen, exteriorizada por adelantado la voluntad del Ministerio Fiscal de no formular acusación en hipotético debate, corresponde aplicar, en este caso, el precedente sentado por este Tribunal Oral en autos: “Incidente Nº 14
- LEIVA, GUSTAVO RICARDO s/ACTUACIONES COMPLEMENTARIAS”, sentencia del 13 de abril de 2023, fundamentos a los que me remito por razones de brevedad." Nota: la decisión se dictó en conformación unipersonal por el Juez Abelardo Jorge Basbus y consta la firma y fecha de firma 20/02/2025.

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