Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BASOALTO, HECTOR FRANCISCO s/FALSIFICACION DOCUMENTACION AUTOMOTOR
Imputado por falsificación de documentos públicos vinculados a la identidad y a la titularidad/habilitación de vehículos; se condenó a Héctor Francisco Basoalto a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo y se ordenó el decomiso del celular y la destrucción de la documentación apócrifa, en atención al acuerdo de juicio abreviado y al plexo probatorio reunido.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Dr. Hernán I. Schapiro
- Fiscal General interinamente a cargo de la Fiscalía Federal nº 1; Dra. Sara Cachione, Auxiliar Fiscal).
- Demandado / Imputado: Héctor Francisco Basoalto (DNI 12.644.224).
- Objeto del proceso: Investigación y enjuiciamiento por la comisión del delito de falsificación de documentos públicos, agravados por ser documentos destinados a acreditar la identidad de las personas y la titularidad o habilitación para circular de vehículos automotores; incluidos diversos DNI, cédulas de identificación de vehículos y licencia de conducir apócrifos, y el decomiso de un teléfono celular.
¿Qué se resolvió?
Se condenó a HÉCTOR FRANCISCO BASOALTO a la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO y las costas del proceso, por resultar autor del delito de falsificación de documentos públicos, agravados por tratarse de aquellos destinados a acreditar la identidad de las personas (un documento) y de los destinados a acreditar la titularidad del dominio o habilitación para circular de vehículos automotores (5 documentos) que concurren materialmente entre sí. Además, se decretó el decomiso del teléfono celular secuestrado en autos, salvo mejor derecho de terceros de buena fe, y la destrucción de la documentación apócrifa secuestrada; y se ordenó practicar por Secretaría, una vez firme, el cómputo de pena y la caducidad registral de la condena.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos centrales relevantes, lenguaje original del tribunal):
"Que, habiéndose presentado la propuesta referida, se llevó a cabo, de manera telemática, la audiencia de visu prescripta por el artículo 431 bis, inciso 3° del Código Procesal de la Nación, mediante la cual se tomó conocimiento del imputado, quien manifestó su conformidad con el acuerdo, admitiendo la existencia de los hechos, su participación en ellos, la calificación legal y la pena acordada."
"Llegado el momento en el cual evaluaré los elementos probatorios a la luz de la sana crítica racional, debo decir que el plexo probatorio reunido hasta aquí permite tener por acreditada la materialidad del hecho delictuoso atribuido por el representante de la vindicta pública a Basoalto, así como también, por demostrada la responsabilidad penal que le cabe al nombrado."
"…corresponde imponer a Héctor Francisco Basoalto la pena de tres (3) años de prisión de efectivo cumplimiento y las costas del proceso, por resultar autor del delito de falsificación de documentos públicos, agravados por tratarse de aquellos destinados a acreditar la identidad de las personas (un documento) y de los destinados a acreditar la titularidad del dominio o habilitación para circular de vehículos automotores (5 documentos) los que concurren materialmente entre sí (arts. 29 inciso 3°, 45, 55, 292, segundo párrafo, del Código Penal y 531 CPPN)."
- Fundamento probatorio principal (citas textuales relevantes):
"Informe pericial de fecha 17 de octubre de 2019, llevado a cabo por personal de la DNRPA, sobre la Cédula de Identificación del Automotor ACQ88145 -secuestrada en poder de Tonesi
- ... 'corresponde a una cartilla apócrifa, producto de una reproducción y posterior impresión a chorro a tinta'."
"…la División Scopometría de la PFA ... surge 'I.
- El documento nacional de identidad ... es falso; II.
- Las cédulas de identificación de vehículos ... son falsas. III.
- La cédula ... es falsa. … VI.
- La Licencia Nacional de Conducir ... es falsa' (fs. 258/270)."
"Se secuestró el teléfono celular ... del cual se obtuvo un registro de diversas imágenes y comunicaciones que Basoalto mantuvo y que dan cuenta de la actividad que llevaba adelante como gestor del automotor (informe técnico de extracción de la División Pericias Telefónicas de la PFA de fs. 274/277)."
- Votos en disidencia: No consta en autos voto en disidencia; la resolución fue dictada unipersonalmente por la Jueza de Cámara que homologó y aplicó el acuerdo de juicio abreviado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: