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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: DUARTE, ALFREDO FEDERICO s/INFRACCION LEY 22.415

Imputado por encubrimiento de contrabando con traslado de 920 paquetes de cigarrillos; se condenó a seis meses de prisión en suspenso y se ordenó devolución del vehículo y decomiso de otros elementos. La Cámara (Tribunal Oral Federal actuando unipersonalmente) declaró admisible el juicio abreviado, condenó a Alfredo Federico Duarte a seis meses de prisión por encubrimiento de contrabando, dejó la pena en suspenso por dos años y condenó al pago de costas.

Juicio abreviado Encubrimiento de contrabando Ley 22.415 Cigarrillos Pena en suspenso Devolucion de vehiculo Costas Afip Gendarmeria nacional Pena 6 meses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscales Dr. Carlos Adolfo Schaefer y Dra. Tamara Ahimará Pourcel). Demandado: Alfredo Federico Duarte (DNI 36.783.323). Objeto: Responsabilidad penal por el delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. d) Ley 22.415) por transporte/recepción clandestina de 920 paquetes de cigarrillos en un vehículo Volkswagen Gol dominio "HDJ-998". Decisión: El Tribunal declaró formalmente admisible el procedimiento de Juicio Abreviado y condenó a Alfredo Federico Duarte a la pena de seis (6) meses de prisión por resultar autor penalmente responsable del delito de encubrimiento de contrabando (art. 874 inc. d) Ley 22.415), imponiendo además las costas; dejó en suspenso el cumplimiento de la pena por el término de dos (2) años sujeto a condiciones (fijar residencia, someterse al control de la Dirección de Asistencia y Control de Ejecución Penal, etc.), ordenó la devolución del vehículo Volkswagen Gol señal ado a quien acredite titularidad y el decomiso de los demás elementos secuestrados, intimó al imputado al pago de costas una vez firme la sentencia y previsiones administrativas (publicación, notificación personal, regulación de honorarios, cómputo de pena).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "En las Actas Acuerdo celebradas, se dijo que: '... la presente causa se inició el 7 de diciembre del año 2022, aproximadamente las 15:30 horas, personal de Gendarmería Nacional efectuó un operativo público de prevención... procedió al control de un (1) vehículo marca Volkswagen, modelo Gol, dominio colocado "HDJ-998"... conducido en oportunidad por el ciudadano ALFREDO FEDERICO DUARTE... constató que, en el baúl, a prima facie se encontraban dos (2) bultos embalados con bolsa de nylon color negro, conteniendo en su interior varios paquetes de cigarrillos, que al momento del conteo arrojaron un total de NOVECIENTOS VEINTE (920) paquetes...'" "Las actuaciones mencionadas y los hechos que las mismas refieren, no se hallan ... sino que, por el contrario, pueden integrarse plenamente con la conformidad prestada por DUARTE en el acuerdo que dio motivo a este procedimiento abreviado." "En función de lo expuesto, considero que se ha alcanzado la certeza requerida en esta etapa para tener por acreditados los elementos objetivo y subjetivo del delito de encubrimiento de contrabando contemplado en el art. 863 y 874 inc. d) Ley 22.415." "En ese sentido, juzgo que se encuentran acreditadas las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que el nombrado intervino en la recepción de mercadería que ingreso clandestinamente al territorio argentino en un total de NOVECIENTOS VEINTE (920) paquetes de cigarrillos, con un valor de $ 270.224,73 (Cfr. Aforo de AFIP)..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia unipersonal; el texto que resuelve es la decisión mayoritaria.

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