Incidente Nº 2 - IMPUTADO: AYANOMA CHIARA, VIVIANA Y OTRO s/Audiencia de Acuerdo Pleno (Art. 324)
Dos mujeres imputadas por transporte de cocaína fueron condenadas a cuatro años de prisión y multa; además se ordenó el decomiso y destrucción de la droga, el decomiso de celulares y su expulsión anticipada con prohibición de reingreso por el doble de la pena. El tribunal aceptó el acuerdo pleno arribado entre Ministerio Público y defensas, atendiendo la vulnerabilidad social y la situación de madres de las imputadas.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal (Auxiliar Fiscal Dra. Gabriela Calvó actuó en audiencia).
- Demandadas / Imputadas: Viviana AYANOMA CHIARA (Cibol N° 9.419.331) y Celestina ROJAS VALENCIA (Cibol N° 13.062.403).
- Objeto de la causa: Acusación por el delito de "Transporte de estupefacientes" (art. 5 inc. c) Ley 23.737) por el transporte oculto en la zona abdominal de dos paquetes tipo "ladrillo" que contenían 2.193,3 gramos de cocaína con pureza entre 72,86% y 76,76%.
¿Qué se resolvió?
Se tuvo por formulada la acusación y, por acuerdo pleno (procedimiento abreviado), se condenó a ambas como coautoras a la pena de CUATRO (4) años de prisión, MULTA de cuarenta y cinco (45) unidades fijas (Ley 27.302), INHABILITACIÓN ABSOLUTA por el tiempo de la condena e imposición de costas; se ordenó el decomiso y destrucción de la sustancia (art. 30 Ley 27.302), el decomiso de los teléfonos celulares secuestrados (art. 310 C.P.P.F.) y, como medida de ejecución, la EXPULSIÓN ANTICIPADA DEL PAÍS con prohibición de reingreso por el doble del tiempo de la condena (art. 63 inc. b) Ley 25.871). Las partes renunciaron a plazos para recurrir y se coordinó el trámite urgente de expulsión.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"voy a tener por formulada acusación en contra de las nombradas por el delito de Transporte de estupefacientes, previsto y sancionado por el art. 5 inc. “c” de la Ley 23.737, condenándolas a la PENA de CUATRO (4) años de PRISION ... CON MULTA de cuarenta y cinco (45) unidades fijas ... con imposición de las COSTAS DEL JUICIO."
"Que, en cuanto a la modalidad de ejecución de la pena, siendo que ha sido acreditado que ambas encartadas tienen hijos menores de edad a su cargo, la situación de vulnerabilidad social y económica, y que justamente ello requiere la adopción de medidas excepcionales a las previstas para los ciudadanos extranjeros que comenten delitos en el país, en este caso y en atención a preservar el interés superior de los niños, en forma excepcional voy a ordenar la expulsión anticipada del país de Viviana AYANOMA CHIARA y Celestina ROJAS VALENCIA, con prohibición de reingreso al país por el doble del tiempo de la condena, conforme art. 63 inc. 'b' de la Ley N°25.871."
"ORDE NAR el decomiso y destrucción de la sustancia estupefaciente secuestrada, de conformidad con el art. 30 de la ley 27.302."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de primera instancia dictada por el Juez Federal.
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