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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PARDO, ALEJANDRO ANTONIO Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.5 INC.C)

Condenan a Alejandro Antonio Pardo y a Enrique Mario Sandri por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización; ambos a 4 años de prisión y multa de 45 unidades fijas ($787.500), manteniéndose la prisión domiciliaria de Sandri conforme al acuerdo de juicio abreviado.

Tenencia con fines de comercializacion Drogas Cocaina Marihuana Juicio abreviado (art. 431 bis) Condena Prision domiciliaria Destruccion de prueba Multa Tribunal oral federal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Fiscal General Rodolfo Marcelo Molina y el Señor Fiscal General que suscribió el acuerdo. Demandado: Enrique Mario Sandri y Alejandro Antonio Pardo. Objeto: Se los imputó y juzgó por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5° inc. “c” ley 23.737 y art. 45 C.P.). Decisión: Se condenó a Alejandro Antonio Pardo y a Enrique Mario Sandri a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas (equivalentes a $787.500), accesorias legales y 50% de las costas; se mantuvo la modalidad de prisión domiciliaria de Enrique Mario Sandri; y se ordenó la destrucción de la sustancia secuestrada y demás elementos incautados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Mediante requerimiento de elevación a juicio ... atribuyó a Sandri Enrique Mario y Pardo Alejandro Antonio el hecho que a continuación se detalla: 'Los elementos reunidos hasta entonces conforman un plexo cargoso más que suficiente para tener por legalmente acreditado en autos que: el día 18 de Mayo de 2023 ... se incautó en la cocina, recortes, vestigios y en una habitación de la vivienda, en un estante y dentro de una caja, marihuana por un peso de 11 gramos, ... una bolsa con 99 envoltorios con cocaína por un peso de 53 gramos y debajo de la cama se incautó una balanza.'" "Ahora bien, conforme surge del escrito agregado ... el Sr. Fiscal General de este fuero, en los términos del artículo 431 bis ... consideró que se encontraban probados los hechos y la responsabilidad de los procesados, expresamente reconocidos por ellos y por sus defensas técnicas, y solicitó se condene a Enrique Mario Sandri y Pardo Alejandro Antonio, a la pena de cuatro (4) años de prisión, multa de cuarenta y cinco (45) unidades fijas, accesorias legales y costas del proceso..." "Sentado ello, las probanzas ponderadas en el apartado precedente demostraron sin duda que el encausado fue sorprendido al momento del allanamiento practicado en su domicilio, poseyendo consigo la droga prohibida afectada a esta encuesta, en un ámbito y bajo claras condiciones, que denotaba que ella se hallaba sujeta a efectivos poderes de hecho a través de una tenencia destinada a la comercialización al menudeo."
- (Si bien ambas defensas ofrecieron explicaciones, el Tribunal sostuvo la validez de la prueba de instrucción y ratificó la admisibilidad y contenido del acuerdo de juicio abreviado.)
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la sentencia es unipersonal firmada por el Dr. Nelson Javier Jarazo.

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