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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BETANZO, RICARDO GABRIEL s/INFRACCION LEY 23.737

Imputado por infracción a la Ley 23.737 requerido para juicio oral; la Cámara (Tribunal Oral Federal) declaró su rebeldía y ordenó su captura inmediata. La decisión se fundó en la imposibilidad de notificar al procesado en el domicilio denunciado y en los arts. 288, 289 y 366 del CPPN.

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¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (solicitó la medida por imposibilidad de notificar al imputado).
- Demandado/Imputado: BETANZO RICARDO GABRIEL, DNI 26.633.070.
- Objeto de la resolución: causa FCR 13880/2022/TO1 caratulada “BETANZO RICARDO GABRIEL S/ INFRACCIÓN LEY 23.737 (art. 5 inc. C)” y pedido de declaración de rebeldía y captura por falta de notificación para audiencia de debate fijada para el 28/4/2025.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la rebeldía de Betanzo Ricardo Gabriel y se ordenó su inmediata captura en carácter de comunicado, disponiendo librar oficio a la DUOF de Comodoro Rivadavia, Policía Federal Argentina, para su posterior presentación ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Comodoro Rivadavia. Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "I.
- Que a fs. 208 el Ministerio Público Fiscal ante la imposibilidad de notificar al imputado de autos de la audiencia de debate oportunamente fijada en autos, solicita se declare la rebeldía y la inmediata captura de Betanzo Ricardo Gabriel.
- ... De la compulsa de las presentes actuaciones, surge que oportunidad de proceder a la notificación del procesado Betanzo Ricardo Gabriel del proveído que dispone la fijación de audiencia de debate y juicio (fs. 198), la DUOF de Comodoro Rivadavia informó que, comisionado el personal de esa División al domicilio sito en Av. Kennedy Nº 1470 de esta ciudad, fueron atendidos por la Sra. María Luisa Mansilla, quien manifestó ser su madre e indicó al personal policial que su hijo no vive más en ese domicilio y desconoce su actual ubicación (fs. 206). ... Citado que fuere nuevamente bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención (fs. 209), comisionado el personal de la DUOF
- Comodoro Rivadavia en el domicilio denunciado en autos, esta vuelve a informar al Tribunal que, consultados que fueren residentes del lugar, Betanzo no vive mas en ese domicilio y que desconocen su actual paradero (fs. 212)." "II.
- Que no constando en autos aviso o pedido de autorización para abandonar el domicilio fijado en el expediente, el encartado se ha sustraído a la jurisdicción del Cuerpo y ha incurrido en la conducta prevista por los arts. 288 y 289 CPPN. ... en los términos del artículo 366 del CPPN a los fines de asegurar la correcta realización del juicio corresponde declarar su rebeldía y ordenar su detención. Por lo que así se resuelve." (No hubo votos en disidencia relevantes consignados en el dispositivo final.)

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