Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: LAMENSA, ALBERTO Y OTROS s/FALSIFICACION DOCUMENTOS PUBLICOS
Juicio oral por delitos contra la fe pública: el Tribunal Oral Federal N°4 absolvió a Alejandro Daniel Zelarrayán por no mediar acusación fiscal y lo eximió del pago de costas. Respecto de Alberto Lamensa, la Cámara hizo lugar a la prescripción y sobreseyó en varios hechos, y por mayoría lo absolvió en otros enumerados en el requerimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (auxiliar fiscal presente: Dr. Carlos Martín Bonomi Blatter en representación del Ministerio Público Fiscal).
Demandado: ALBERTO LAMENSA y ALEJANDRO DANIEL ZELARRAYÁN.
Objeto: Elevar a juicio por hechos calificados como falsificación ideológica de documento público y supresión de numeración de un objeto registral, entre otros relacionados con documentos destinados a acreditar titularidad y habilitación para circular de vehículos automotores.
Decisión: Se absolvió a Alejandro Daniel Zelarrayán por no haber mediado acusación fiscal y se lo eximió del pago de costas y del cumplimiento de restricciones provisionales. Respecto de Alberto Lamensa, se rechazó la prescripción para los hechos (3) y (6) y por mayoría se lo absolvió por esos hechos; en cambio se hizo lugar a la prescripción y se sobreseyó a Lamensa respecto de los hechos (1) y (5) (supresión de numeración) y, por mayoría, respecto de los hechos (2), (4), (7) y (8) (falsificación ideológica de documentos públicos y documentos destinados a acreditar titularidad y habilitación para circular). También se eximió a Lamensa del pago de las costas y se ordenó el cese de las restricciones provisionales. Se difirió la regulación de honorarios del defensor particular hasta cumplimiento de normativa previsional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I. ABSOLVER a ALEJANDRO DANIEL ZELARRAYÁN, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden a los delitos por los que fue requerido a juicio, por no haber mediado acusación fiscal (art. 402 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"III. NO HACER LUGAR a la prescripción de la acción penal ejercida contra ALBERTO LAMENSA respecto de los hechos enumerados como (3) y (6) en el requerimiento fiscal de elevación a juicio, calificados legalmente como falsificación ideológica de documento público, previstos y reprimido por del art. 293 del Código Penal (art. 67 -segundo párrafo
- del Código Penal)."
"IV. HACER LUGAR A LA PRESCRIPCIÓN de la acción penal ejercida contra ALBERTO LAMENSA y SOBRESEERLO en las presentes actuaciones, respecto de los hechos enumerados como (1) y (5) en el requerimiento fiscal de elevación a juicio, calificados legalmente como supresión de numeración de un objeto registral, los cuales concurren realmente entre sí, conforme los arts. 55 y 289 -inc. 3°
- del Código Penal (arts. 59 –inc. 3°-, 62 –inc. 5°-, 67 – inc. d
- del Código Penal y 361 del Código Procesal Penal de la Nación)."
"V. HACER LUGAR A LA PRESCRIPCIÓN, por mayoría, de la acción penal ejercida contra ALBERTO LAMENSA y SOBRESEERLO en las presentes actuaciones, respecto de los hechos enumerados como (2), (4), (7) y (8) ... conformes los arts. 55, 293 y 293 -segundo párrafo
- en función del 292 -segundo párrafo
- del Código Penal (arts. 59 –inc. 3°-, 62 –inc. 5°-, 67 –inc. d
- del Código Penal y 361 del Código Procesal Penal de la Nación)."
- Votos en disidencia: la resolución especifica "por mayoría" en los pronunciamientos IV, V, VI y VII, por lo que existen decisiones adoptadas por mayoría; no se incorporan en el dispositivo fundamentos de una disidencia explícita en el texto final que modifiquen lo resuelto por la mayoría.
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