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BARAVALLE, JUAN CARLOS c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

Recurso de apelación contra dictamen de la Comisión Médica Central por retiro por invalidez. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y ordenó devolver las actuaciones al organismo de origen, imponiendo costas por su orden.

Invalidez Anses Comision medica central Revocar dictamen Incapacidad previsional Ley 24.241 Decreto 478/1998 Costas Apelacion Sosa (fallos 340:2021)


¿Quién es el actor?

BARAVALLE, JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Revisión del dictamen de la Comisión Médica Central relativo a la incapacidad para el otorgamiento de retiro por invalidez (art. 49 punto 4, ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó el dictamen de la Comisión Médica Central y devolvió las actuaciones al organismo de origen para sus efectos; además impuso las costas de esta instancia por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual del fallo): "Del informe técnico producido por los profesionales intervinientes, al que la Sala se remite y da por reproducido por razones de brevedad, surge que las patologías que afectan a la apelante, minuciosamente por ellos descritas y valoradas conjuntamente con los factores complementarios que establece el Anexo 1 del decreto 478/1998, según las circunstancias particulares del caso, provocan a la recurrente una incapacidad a los fines previsionales del 67 ,25% de la total obrera." "En este orden, luego de analizar la situación del recurrente a la luz del criterio objetivo de interpretación propiciado por la Corte Suprema en el precedente “Sosa” (Fallos 340:2021), ponderando que las conclusiones médicas antes referidas no fueron objeto de impugnación alguna, corresponde revocar el dictamen de la Comisión Médica Central recurrido." "Las costas se impondrán por su orden en atención a la naturaleza de la cuestión debatida."
- Votos en disidencia: No se registra disidencia en la parte resolutiva; la decisión fue acordada por la Sala y consta firmada por las juezas Victoria Perez Tognola, Viviana Patricia Piñeiro y Adriana Claudia Cammarata.

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