Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CUELLO , LUCAS MATIAS Y OTRO s/INFRACCION LEY 23.737
Causa por presunta infracción a la Ley 23.737 contra Lucas Matías Cuello por hechos anotados en el expediente FCR 8776/2019/TO1. La Cámara declaró extinguida la acción penal por fallecimiento (12/10/2024) y dictó el sobreseimiento de Cuello, ordenando asimismo el levantamiento de las medidas cautelares.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Causa caratulada "CUELLO, Lucas Matías – LEDESMA, Verónica Beatriz s/ INFRACCION LEY 23.737" (Ministerio Público Fiscal/Estado en sede penal federal).
Demandado: Lucas Matías CUELLO (DNI 32.572.358).
Objeto: Investigación penal por infracción a la Ley 23.737 (estupefacientes).
Decisión: Se declaró extinguida la acción penal respecto de Lucas Matías Cuello y se dictó su sobreseimiento, ordenándose además el levantamiento de las medidas cautelares que le hubieren sido impuestas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual en la sentencia):
"Que a fs. 281 en oportunidad de notificar la audiencia fijada en autos al imputado Lucas Matías Cuello, la hermana informa que el nombrado falleció el 12 de octubre pasado. Que a raíz del hecho, se solicitó al Registro Civil partida de defunción de Lucas Matías CUELLO, la que luce a fs. 285, en la que da cuenta del fallecimiento acaecido el día 12/10/2024, como consecuencia de para cardiorespiratorio traumático."
"Que atento el deceso ocurrido se ha configurado la causal de extinción de la acción penal prevista en el art. 59 inc. 1 del Código Penal.
- Por ello conforme el art. 361 del CPPN cabe dictar el sobreseimiento de Lucas Matías CUELLO y el levantamiento de las medidas cautelares que le fueran oportunamente impuestas.-"
Se aclara que lo anterior constituye la decisión adoptada por el Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia y fue plasmado en la parte resolutiva final: "I.
- DECLARAR EXTINGUIDA la acción penal ... y en consecuencia dictar su SOBRESEIMIENTO (arts. 59 inc. 1 del Código Penal y 361 del CPPN.).
- II.
- ORDENAR el levantamiento de las medidas cautelares oportunamente impuestas.-"
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