Incidente Nº 7 - IMPUTADO: MERILES, WALTER RUBEN Y OTRO s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)
Los imputados impugnaron la condena por transporte de estupefacientes y la graduación de la pena. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la impugnación de Walter Rubén Meriles y, parcialmente, hizo lugar a la impugnación de Fernando Ramón Díaz, anuló la sanción impuesta y le impuso una pena de 8 años y 4 meses de prisión y multa de 400 Unidades Fijas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa particular de Walter Rubén Meriles (Dr. José Guillermo Escalante) y defensa oficial de Fernando Ramón Díaz (Defensor Oficial; luego defensora coadyuvante en audiencia).
Demandado: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Jujuy (sentencia de 2/12/2024) y en abstracto la resolución condenatoria que impuso 10 años de prisión y multa de 400 UF por transporte de estupefacientes.
Objeto: Impugnación de la sentencia condenatoria por transporte de estupefacientes (art. 5° inc. c) Ley 23.737) y, subsidiariamente, cuestionamiento de la validez de convenciones probatorias, grado de participación (coautoría vs partícipe secundario), grado de consumación (tentativa vs consumación) y la mensuración de la pena.
Decisión: Se rechazó la impugnación de la defensa particular de Meriles; se hizo lugar parcialmente a la impugnación de la defensa oficial de Díaz, anulando la sanción penal fijada a Díaz y fijándole una nueva pena de 8 años y 4 meses de prisión y multa de 400 Unidades Fijas, con inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena. Se tuvieron presentes las reservas del caso federal y se comunicó la sentencia al Procurador General de la Nación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos/textos relevantes):
“Si bien los nuevos motivos de agravios fueron deducidos por la defensa, es ella quien representa al imputado y canaliza sus pretensiones, por lo tanto, una interpretación de esa norma legal que no torne ilusorio el derecho de orden superior citado, debe incluir al defensor.” (sobre admisibilidad de ampliación de agravios en audiencia, ref. art. 362 CPPF y precedente Catrilaf).
“De este modo, corresponde desestimar las objeciones reeditadas por la defensa de Meriles sin sustento alguno, sobre la validez de las convenciones probatorias y en consecuencia respecto de los hechos en cuestión por falta de contradicción.” (sobre validez de las convenciones probatorias celebradas en control de acusación).
“Toda vez que, mediante las convenciones probatorias, se pudo establecer que Meriles tenía el dominio del camión que transportaba alrededor de 600 kilos de cocaína... y que Díaz era su acompañante y quien iba recibiendo mensajes... Todas estas circunstancias no fueron refutadas y se encuentran determinadas por las pruebas que las partes acordaron...” (sobre materialidad y responsabilidad).
“Considero que asiste razón a esta defensa en tanto, las circunstancias atenuantes enumeradas en el fallo recurrido y las presentadas por su defensa en la audiencia de impugnación, ameritan una disminución del quantum punitivo impuesto... habré de imponer... la pena de 8 años y 4 meses de prisión para Fernando Ramón Díaz.” (sobre reducción de pena de Díaz).
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; la decisión consignada es la que figura en la parte resolutiva final.
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